La izquierda está a punto de lograr en una quincena de gobierno lo que la derecha ha querido y no ha podido desde hace años: dar reversa en la reforma al sistema de justicia penal.

El jueves pasado, el Senado de la República aprobó una iniciativa de reforma al artículo 19 constitucional, promovida por Morena, que casi triplica el número de delitos que conducen en automático al encarcelamiento de un inculpado durante su proceso.

En el listado vigente hay siete conductas específicas que reciben ese trato: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, y delitos graves en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud (narcotráfico, pero también traición a la patria, espionaje, etc.).

A ese listado, los senadores le quieren añadir doce delitos más: abuso sexual contra menores, uso de programas sociales con fines electorales, robo de transporte, delitos en materia de desaparición de personas, delitos en materia de armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, delitos en materia de hidrocarburos, hechos de corrupción, robo a casa habitación y feminicidio.

¿Y eso qué tiene de malo? ¿No deben los delincuentes pagar sus actos ilegales? Sí, pero no hay que confundir delincuente con inculpado.

En nuestro sistema penal, toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario. La prisión preventiva se le impone a alguien al que no se le ha probado ningún delito. Está concebida para usarse en casos excepcionales, cuando hay riesgo significativo de fuga, cuando se puede poner en peligro a las víctimas, y cuando no hay otras medidas cautelares (fianza, brazalete electrónico, etc.) que puedan contener eficazmente esas amenazas.

Antes de la reforma al sistema de justicia penal, ameritaba prisión preventiva oficiosa todo delito considerado grave. Y la lista de delitos graves se expandió considerablemente con el paso de los años. El resultado fue que las prisiones se llenaron de personas que pasaban años tras las rejas sin que se les hubiera probado nada. Para principios de esta década, cuatro de cada diez reos estaban en condición de procesados.

Eso cambió con la adopción del sistema penal acusatorio. Las nuevas reglas limitaron la prisión preventiva oficiosa a siete delitos. Eso ha traído un efecto notable: la población sujeta a proceso en los centros penitenciarios disminuyó 23 por ciento entre 2015 y 2018. Por primera vez en décadas, México ha dejado de tener sobrepoblación carcelaria.

Es necesario señalar que el nuevo sistema no impide al ministerio público solicitar prisión preventiva para otros delitos, argumentando frente a un juez las razones para mantener a una persona encerrada durante su proceso.

Pero argumentar es lo que no les gusta a los encargados de la procuración de justicia. Prefieren que los jueces les hagan el trabajo, que la ley obligue a encarcelar a los inculpados en lo que ellos investigan.

Al parecer, la mayoría morenista, en coalición con buena parte de la oposición, les va a conceder su deseo. Se las va a poner fácil. Les va a ahorrar el trabajo de fortalecer sus capacidades de investigación y litigio.

Lo trágico del asunto es que, con toda probabilidad, esto no va a tener impacto alguno sobre la inseguridad. Para muestra, un botón: el homicidio doloso detona prisión preventiva oficiosa y estamos en medio de una epidemia de violencia letal.

El único efecto va a ser retacar de nuevo las prisiones con personas que no tienen medios de defensa. Es decir, las vamos a llenar de pobres.

Paradojas de la Cuarta Transformación: primero los pobres, pero en ruta hacia la cárcel.

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@ahope71

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