La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó suspender la aplicación de la ley federal de remuneraciones, que establece que nadie puede ganar más que el Presidente de la República.

De este modo, la Cámara de Diputados deberá elaborar el Presupuesto de Egresos de la Federación 2019 como lo hizo cuando aprobó el de 2018 y tomando en consideración las propuestas enviadas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por los diversos entes gubernamentales.

La decisión adoptada por el ministro de la Corte Alberto Pérez Dayán forma parte de la admisión a trámite de la acción de inconstitucionalidad presentada por una minoría en el Senado, en la que concedió la suspensión de la ley federal de remuneraciones únicamente en lo relativo a la forma de establecer los salarios.

“Con el fin de preservar la materia del juicio y evitar que se cause un daño irreparable, procede conceder la suspensión solicitada para el efecto de que las remuneraciones que perciban los servidores públicos de los Poderes de la Unión y de todos los demás entes públicos para el ejercicio de 2019 no sean fijados en términos de la ley reclamada, hasta en tanto se resuelva el fondo de la controversia”, indicó el ministro en su acuerdo notificado ayer por la tarde.

“Con este pronunciamiento no se pone en peligro la seguridad o economía nacionales, las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, ni se afecta gravemente a la sociedad en una proporción mayor a los beneficios que con ella pudieran obtener los promoventes de la acción; por el contrario, de no concederse la medida solicitada se afectarían irreparablemente los derechos fundamentales que se aducen como vulnerados, ocasionando con ello daños irreversibles para los servidores públicos y la sociedad”.

El ministro afirmó que la medida de suspensión no impide a los diputados incrementar o reducir los sueldos como mejor consideren, sino que únicamente deberán hacerlo conforme a las reglas establecidas en la Constitución federal y no tomando como base la ley federal de remuneraciones.

“En cumplimiento a sus atribuciones constitucionales, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión deberá fijar las remuneraciones que correspondan a los empleos establecidos por ley, específicamente el del Presidente de la República, para los efectos de los artículos 75 y 127 ya referidos, con apoyo únicamente en las bases que el propio texto fundamental previene para tales casos”, precisó.

Esto significa que los diputados podrán fijar el salario que recibe el Presidente de la República tomando como base las responsabilidades y especificaciones del cargo que actualmente ostenta Andrés Manuel López Obrador, es decir, no necesariamente se le remuneraría con los 108 mil pesos que el propio Titular del Ejecutivo se había fijado como sueldo.

Además en su dictamen podrán incrementar los salarios de los funcionarios que actualmente ganan menos, tal como prometió López Obrador.

Debido a que los diputados deberán dictaminar conforme a las reglas establecidas en la Constitución, los salarios de jueces, magistrados y ministros no pueden ser reducidos mientras duren en el encargo.

Por ello, deberán respetar que actualmente permanece vigente esa prohibición que tiene como fundamento la garantía de la independencia judicial.

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