En pleno 30 de abril y con 435 votos a favor y uno en contra, el pleno de la Cámara de Diputados avaló diversas reformas al Código Civil Federal para prohibir el matrimonio infantil en nuestro país.

El dictamen que ya fue enviado al Ejecutivo para su publicación y su entrada en vigor, determina que solamente podrán contraer matrimonio las personas mayores de edad y éstos tendrán que otorgar su pleno consentimiento.

Se derogan los artículos 31 fracción I, 93 y 98 fracción II, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156 fracción II, 160, 173, 181, 187 segundo párrafo, 209 segundo párrafo, 229, 237, 238, 239, 240, 435, 443 fracción II, 451, 499, 624 fracción II, 636, 639, 641 y 643 del Código Civil Federal para quitar cualquier referencia que se contenía en este ordenamiento para consentir la unión de menores de edad.

En este documento se establecen sanciones a los pretendientes que declaren maliciosamente un hecho falso, también para los testigos que dolosamente afirmen la exactitud de las declaraciones de aquellos o su identidad, así como a los médicos que expidan falsamente un certificado y tendrán que ser consignados al Ministerio Público para que éste ejercite acción penal.

Asimismo, el juez del Registro Civil, que reciba la solicitud de matrimonio, tendrá que exigir a los pretendientes, bajo protesta de decir verdad, todas las pruebas para asegurarse de su identidad, de su mayoría de edad y de su aptitud de contraer matrimonio.

Para contraer matrimonio es necesario haber cumplido 18 años de edad”, quedó establecido en el artículo 148 del Código Civil Federal.

Además, en el artículo 265 describe que los mayores de edad que contraigan matrimonio con un menor, incurrirán en las penas que señale el Código en la materia.

La coordinadora del PRD en San Lázaro, Verónica Juárez Piña, celebró la aprobación de este dictamen, precisamente hoy que se conmemora el Día del Niño. Y dijo que sí esta ley hubiera sido aprobada hace muchos años, distintas mujeres hubieran tenido una vida diferente.

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