La diputada María Lucero Rocha Jasso presentó un punto de acuerdo para exhortar a la Fiscalía General del Estado a integrar un Protocolo Básico de Atención para las personas con discapacidad, contemplando las necesidades específicas de ese grupo vulnerable y garantizando el pleno ejercicio de su derecho a la justicia.

Señaló que las autoridades mexicanas deben avalar el acceso a la justicia, por lo que es necesario tomar acciones sustantivas que garanticen el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, sobre todo para personas en condiciones de vulnerabilidad y en este caso, a las personas con discapacidad, cuyos derechos deben ser observados en todos los procesos judiciales en los que se vean involucrados.

La legisladora dijo que en apego a estos postulados, países como Argentina, Colombia y Uruguay han implementado medidas para adecuar la atención en la procuración de justicia para las personas con discapacidad; México no resulta la excepción ya que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el año 2014, redactó el Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas con discapacidad.

Con este punto de acuerdo se busca que se asegure la observación de los derechos de este grupo vulnerable desde el principio del desarrollo de los procesos judiciales y se mejore la atención.

Es necesario señalar que los protocolos existentes en la materia, como es el caso del de los dirigidos a los Juzgadores, no son instrumentos para ser aplicados de forma mecanizada, sino que sirven como marcos de referencia para la mejora práctica de los procesos.

La diputada Lucero Jasso finalmente expuso que los protocolos de atención, fundamentalmente ofrecen un conjunto de herramientas concretas que enriquecerían tanto el conocimiento como la práctica de los encargados de la procuración de justicia; volviéndolos más asertivos, profesionales y oportunos de responder ante estos casos y en general aumentando la eficacia de la atención en la procuración de justicia, bajo un marco de observancia de derechos. Para lo cual, se puede tomar como punto de referencia, el citado Protocolo para Juzgadores emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

apl

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