¿Alguna vez has revisado el celular de tu pareja o viceversa? Pues bueno, les tenemos noticias a todos esos curiosos.

La  (SCJN) determinó que “sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario alderecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas”.

Dicha  se realizó luego de que un hombre imprimió 343 correos electrónicos de su esposa y los presentó ante el juzgado para demostrar el adulterio de su pareja, y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.

El caso lo analizó la SCJN y para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena.

Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst

— Suprema Corte (@SCJN) 23 de mayo de 2019

La resolución se dio a conocer en las redes sociales oficiales de la Suprema Corte, donde aseguran que tu pareja no puede revisar tu correo electrónico y ninguna comunicación privada sin autorización.

Así que ya lo sabes, de ahora en adelante puedes decirle a tu pareja o familiares que la Suprema Corte está de tu lado y no pueden revisar tu celular.

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