¿Alguna vez has revisado el celular de tu pareja o viceversa? Pues bueno, les tenemos noticias a todos esos curiosos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que “sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario alderecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas”.
Dicha determinación se realizó luego de que un hombre imprimió 343 correos electrónicos de su esposa y los presentó ante el juzgado para demostrar el adulterio de su pareja, y así obtener el divorcio y la custodia de sus hijos.
El caso lo analizó la SCJN y para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena.
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. ADR 1621/2010 https://t.co/2HzXaKYPVI pic.twitter.com/x6P5c4Nqst
— Suprema Corte (@SCJN) 23 de mayo de 2019
La resolución se dio a conocer en las redes sociales oficiales de la Suprema Corte, donde aseguran que tu pareja no puede revisar tu correo electrónico y ninguna comunicación privada sin autorización.
Así que ya lo sabes, de ahora en adelante puedes decirle a tu pareja o familiares que la Suprema Corte está de tu lado y no pueden revisar tu celular.