En su operación en la Ciudad de México, la Guardia Nacional (GN) se anotó esta semana su primera detención: ¿El líder de una banda delictiva? ¿Un asaltabancos? ¿Un secuestrador?

No: una mujer que, según las crónicas periodísticas (), caminaba “en actitud sospechosa” por las calles de Iztapalapa. Los guardias nacionales le ordenaron detenerse y, al registrarla, encontraron entre su ropa una pistola de municiones, de las que se venden en tiendas deportivas. La llevaron entonces a una agencia del Ministerio Público (MP), donde le abrieron una carpeta de investigación por el delito de portación de objetos aptos para agredir.

Sin embargo, la puesta a disposición ante el MP no fue firmada por los elementos de la GN, sino por dos policías preventivos que no participaron en la detención.

Omitamos por un segundo la discusión de la constitucionalidad de realizar inspecciones aleatorias en la calle o de detener a alguien por caminar “en actitud sospechosa” o de procesar penalmente a una persona por portar un objeto enteramente legal. Concentrémonos en el hecho final de esta historia: los guardias nacionales no se hicieron cargo de la puesta a disposición. Le transfirieron esa responsabilidad a dos policías que no tenían vela en el entierro.

¿Y qué? ¿Qué más da si los guardias nacionales no quieren firmar una puesta a disposición y trasladan esa encomienda a unos policías? Pues que, si uno detiene y otro, que no participó en la detención, firma, el juez puede (y debe) considerar la detención como ilegal. El presunto responsable sale libre sin mayor trámite.

En el caso narrado, no importa mucho: la mujer detenida probablemente no representa peligro para nadie. Pero en otros casos, las consecuencias pueden ser mucho más graves.

Entonces, ¿por qué hicieron eso los guardias nacionales? No por un problema de legalidad. Tanto la Constitución como la ley otorgan a la GN la facultad de realizar detenciones y poner a los presuntos responsables de un delito a disposición del MP. No hay ningún impedimento legal para que sus integrantes actúen como primer respondiente, firmen informes policiales y se presenten como testigos en un juicio. Es decir, en términos de la ley, son policías y pueden actuar como policías.

¿Qué explica entonces el comportamiento? Se me ocurren algunas posibilidades:

1. Hábito. Hasta antes de la reciente reforma constitucional, los militares necesitaban a un policía o un agente del MP para la puesta a disposición de un detenido. Entonces, por costumbre, así siguen operando y nadie les ha informado que el intermediario ya no es necesario.

2. Falta de capacitación. Como los cursos de inducción a la GN fueron tan atropellados (apenas siete semanas), los integrantes de la nueva corporación no entienden las sutilezas del sistema penal ni saben llenar un informe policial. Prefieren, por tanto, descargar la responsabilidad en terceros.

3. Trámites incompletos. Los guardias nacionales que hicieron la detención no son aún guardias nacionales. No se ha formalizado todavía su traslado al nuevo cuerpo y, por tanto, no pueden aún ejercer las facultades que la ley otorga a la GN

4. Irresponsabilidad: los guardias nacionales no quieren la molestia de llenar partes policiales o presentarse ante un juez de control a describir las circunstancias de una detención.

Cualquiera que sea la explicación, estamos ante un problema nada menor: el principal cuerpo de policía del país (o una parte de éste) no quiere o no puede o no está listo para actuar como policía, con todo lo que eso implica.

De miedo el asunto.
.
@ahope71

Google News