El aguinaldo es uno de los derechos de los trabajadores con mayor impacto y es obligatorio desde 1970.
Conforme a la Ley del Trabajo, cada trabajador debe recibir mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre (ART. 87 LFT).
Si no se laboró el año completo, corresponde la parte proporcional, incluso aunque ya no se labore en el centro de trabajo.
La misma ley establece que los trabajadores de base, confianza, sindicalizados, comisionados, vendedores o eventuales deben recibir esta prestación económica el 20 de diciembre.
En caso de que los trabajadores no reciban su aguinaldo conforme marca la ley pueden presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajador. De esta forma, los patrones pueden ser sancionados con una multa que puede ir de 50 a 5 mil veces el valor de las unidades de medida y actualización que va desde los 4 mil hasta los 400 mil pesos.
Conforme a la Confederación de Trabajadores de México (CTM) son cerca de 400 mil trabajadores que laboran en la zona industrial de San Luis Potosí, mismos que acceden a este derecho laboral.
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El reparto de aguinaldo se hace efectivo para muchos a partir del 12 de diciembre, en la mayoría de los casos junto con la quincena correspondiente.
Además de recibir el aguinaldo, los trabajadores de acuerdo a su adhesión y contrato acceden a otras compensaciones económicas como caja de ahorro, fondo de ahorro, vales de despensa, premios de puntualidad y otro tipo de bonificaciones lo cual equivale hasta a 70 u 80 días de trabajo.
nancy.hernandez@clabsa.com.mx
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