Las trabajadoras de hogar desempeñan un papel crucial en la sociedad al encargarse de tareas domésticas que permiten a otras personas concentrarse en sus trabajos y actividades diarias, sin embargo, a menudo muchas de ellas no reciben salarios dignos, y tampoco prestaciones como estar afiliadas al Seguro Social, siendo este un proceso que legalmente ya es obligatorio según el artículo 334 de la Ley Federal de los Trabajadores.
Para que cada vez más trabajadoras del hogar cuenten con esta prestación, el Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar (CACEH) diseñó una guía rápida para informar cómo afiliar a las trabajadoras siguiendo una serie de pasos.
Requisitos para realizar el registro de la trabajadora del hogar IMSS:
- Se debe entrar al portal del IMSS en www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar y das clic en información para personas empleadoras, posteriormente te pedirá los siguientes datos:
- CURP y correo electrónico de la persona empleadora.
- Datos de contacto y domicilio de la persona empleadora.
- Número de Seguridad Social (IMSS) de la persona trabajadora del hogar. Si no cuentas con número de Seguro Social, puedes generarlo en el siguiente link https://servicios digitales.imss.gob.mx/gestionAsegurados-web-externo/asignaciónNSS
- O de manera presencial en la Subdelegación del IMSS
- Se genera el formato de incorporación para las personas trabajadoras del hogar y la línea de captura para realizar el pago correspondiente.
Después de realizar el registro, sujeto a la periodicidad que elegiste, recibirás por correo electrónico la renovación automática del aseguramiento (mensual, trimestral, semestral o anual). Solo necesitas realizar el pago correspondiente.
Si deseas conocer el importe exacto de las cuotas obrero - patronales puedes utilizar la calculadora del IMSS este importe se basa en los días trabajados y el salario reportado.
Https://adodigital.imss.gob.mx/pth_calculadora
Esto aplica para todas las modalidades o formas de trabajo que puede tener una trabajadora del hogar, es decir, ya sea que la persona trabajadora del hogar resida en el domicilio donde realiza sus actividades, o no resida ahí y vaya a dormir a su casa diariamente o trabaje en diferentes casas con diferentes empleadores.
Como lo establece la Ley Federal del Trabajo, el acceso a la seguridad social de las personas trabajadoras del hogar es un derecho y una obligación que la persona empleadora tiene que registrarlas desde el primer día de labores.
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