Dicen que hombre precavido vale por dos y esto aplica también para los contribuyentes que quieran iniciar el año nuevo con el pie derecho.
 
Para iniciar el 2020 se presentará la declaración mensual de honorarios, del IVA y del impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS), el 17 de enero tanto para empresas como para personas físicas.
 
Hay que tener actualizada toda la información de ingresos y gastos para poder determinar el impuesto causado y después presentar la declaración para pagar.
 
Toda esta información servirá para la declaración anual correspondiente a 2019 que deberá presentarse en marzo para las empresas y en abril para el resto de los contribuyentes.
 
Aunque tienes bastante tiempo para presentar la declaración de anual de 2019, lo más recomendable es que la vayas preparando desde ahora.
 
En el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se tiene la facilidad de contar con las declaraciones anuales prellenadas.
 
Si eres asalariado y quieres deducir gastos, debes fijarte que los recibos de nómina no contengan ningún error o inconsistencia.

También es importante verificar que las facturas electrónicas contengan los datos correctos como: cantidad, nombre, dirección, Registro Federal de Contribuyentes y concepto. Para que el SAT no te rechace la solicitud de devolución de impuestos o te llame a cuentas.
 
En caso de que hayas detectado algún error puedes pedir antes de que termine el año a tu patrón o a los establecimientos en donde realizaste compras o pagos, que corrijan la factura para que emitan un nuevo comprobante fiscal digital por internet.
 
Hay que recordar que también el SAT tiene toda la información de facturas electrónicas que solicitaste, cuya información debe coincidir con la que tú presentes.

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