Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo debe entregarse antes del día 20 de diciembre de cada año.
Muchas empresas optan por adelantarlo unos días, pero lo esencial es que esté entregado a más tardar el 20. El monto mínimo obligatorio es de 15 días de salario por cada año trabajado.
Si el trabajador no ha cumplido el año, le corresponde la parte proporcional del aguinaldo, según los días empleados. Para quienes tienen salario variable, el cálculo debe basarse en el promedio diario de ingresos de los últimos 30 días trabajados.
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Verifica si la empresa ya te pagó antes del 20 de diciembre. Si no, estás en tu derecho de exigirlo. Acude a la oficina de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), organismo responsable de defender los derechos laborales.
El aguinaldo es un derecho irrenunciable; ningún patrón puede condicionarlo, pagarlo en especie o sustituirlo con vales.
Para sacar la cantidad que corresponde de aguinaldo al trabajador, se necesita primero conocer el sueldo diario.
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Una vez que se tiene clara dicha cantidad, esta se multiplica por los 15 días que se tienen que pagar de aguinaldo, según lo establecido en la ley. El resultado es lo que corresponde de aguinaldo.