El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece cuáles son los días de descanso obligatorio en México. Dentro de la fracción séptima de dicho artículo se menciona que el 1 de octubre es uno de esos días debido a la transición del Poder Ejecutivo Federal.
Esto significa que todos los empleados tienen derecho a disfrutar del día libre con goce de sueldo. Sin embargo, en aquellos casos en los que se requiera su presencia laboral, las empresas deben compensar a los trabajadores con el pago de un salario triple, tal como dicta la normativa.
Al respecto, la Confederación de Trabajadores del Estado de San Luis Potosí (CTM) mediante su secretario general, Emilio de Jesús Ramírez Guerrero, subrayó la importancia de que tanto los trabajadores como los empleadores estén atentos a esta disposición legal.
Ramírez Guerrero hizo un llamado a las empresas y patrones a respetar los derechos laborales de sus empleados, asegurando que, en caso de que los trabajadores deban laborar ese día, deberán recibir el pago correspondiente al triple de su salario habitual.
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Agregó que la CTM estará atenta a cualquier irregularidad que pudiera surgir para garantizar el cumplimiento de los derechos de los trabajadores.
Para realizar este cálculo se debe conocer el sueldo diario del trabajador.
Este dato normalmente se identifica en el recibo de nómina como Salario Diario (S.D.) o bien, calcularse dividiendo el salario mensual entre 30.
Por ejemplo si se percibe un sueldo mensual de 15 mil pesos, su sueldo diario es de 500 pesos, para calcular el pago del día festivo tendrias que desglosarlo de la siguiente manera: