Economía y negocios

Multas de 100 mil a más de un millón de pesos a establecimientos que violen Ley Antitabaco en SLP

Coepris continuará socializando el reglamento para que los establecimientos puedan operar y se garantice la salud de las y los potosinos

Multas de 100 mil a más de un millón de pesos a establecimientos que violen Ley Antitabaco en SLP. Foto: Cecilia Lara
25/01/2023 |18:09
Xochiquetzal Rangel
Reportera multimedia en San Luis PotosíVer perfil

Luego de que entró en vigor la Ley General para el Control del Tabaco a nivel nacional y en San Luis Potosí, el titular de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris), Rafael Moguel Carrillo informó que las multas para establecimientos que incumplan la Ley irán desde las mil a las 10 mil UMAS.

Precisó que aunque no hay un tabulador para determinar las faltas, la Coepris establece diferentes amonestaciones y multas, que van desde suspensiones temporales, parciales o totales a los establecimientos, dependiendo de la gravedad de la falta al reglamento.

Con la nueva tarifa de la Unidad de Medida Administrativa (UMA) de 103.7 pesos, que entra en vigor a partir del 1 de febrero, las multas de mil a 10 mil UMAS equivalen a entre 103 mil 700 a un millón 37 mil pesos por incumplir los reglamentos.

Así como multas de mil a cuatro mil UMAS, para aspectos menores relacionados con el reglamento y de cuatro mil a 10 mil UMAS si en las faltas se incluyen aspectos graves como la venta de cigarros a menores de edad, sin embargo, las amonestaciones serán determinadas por el área Jurídica de la Coepris.

"Una falta pudiera ser que tiene los cigarros a la vista, en ese caso entraría un aseguramiento del tabaco y una amonestación. El establecimiento debería de hacer un compromiso de cumplir con es aparte del reglamento, una vez que cumpla se le libera las cajetillas”, ejemplificó.

¿En qué casos podrán fumar los potosinos en los establecimientos?

Rafael Moguel destacó que la Ley permite que las personas puedan fumar en áreas libres que no tengan paredes o techos, así como niños y niñas o comensales cerca.

Comentó que en el caso de un restaurante que tenga un área amplia, para poderla destinar como zona de fumadores deberá de cumplir con los requerimientos como: que que esté alejado 10 metros del paso obligado de personas, en donde no puedan acceder niños y niñas, que no tenga techo en el área o paredes cerca y no se deberán servir bebidas ni comida.

Moguel Carillo puntualizó que a 10 días de que entrara en vigor la Ley, no se han levantado multas o amonestaciones en el estado debido a que el reglamento se está socializando con las y los integrantes de cámaras de comercio, señaló que aunque no hay plazos para que los comerciantes comienzan a aplicar las medidas en el estado, de manera personal se están acordando términos antes de comenzar con las verificaciones.

Durante las próximas semanas se mantendrá la orientación y acompañamiento con los comercios de todo el estado a fin de que logren cumplimentar debidamente las reglas de operación frente al consumo de tabaco y así proteger la salud de las y los potosinos.