Las propinas que reciben los meseros entre otros prestadores de servicios, no se incluyen en los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) bajo la nueva versión 3.3 de la factura electrónica.

Esta es un ejemplo de las dudas que genera facturar con la nueva forma que es obligatoria en 2018.

Por ese motivo, los comercios incluyen información para orientar a los contribuyentes que bajan sus comprobantes por internet, así como una dirección electrónica para cualquier aclaración adicional.

Una de las preguntas más frecuentes es por qué no se debe considerar la propina en el monto global del consumo. Las nuevas reglas indican que la propina es una gratificación al personal. No es ingreso para el comercio y no se puede facturar. Por lo que algunos pagos aparecen como “no facturable”.

Si el pago no fue un ingreso para el comercio, no es posible facturarlo en la página de internet del establecimiento. Esto puede pasar si el cobro fue efectuado por terceros. Si se necesita facturar un pago que aparece como “no facturable” se pide contactar al comercio.

Algunos contribuyentes han notado que en la versión 3.3 del CFDI no aparece el domicilio. Esto se debe a que en las reglas que emitió el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para la nueva eFactura no requieren ni permiten incluirlo.

Para mayor información, se recomienda consultar el anexo 20 de la segunda resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2017, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de julio de 2017.

Muchas veces se paga con tarjeta de débito, pero en la factura no aparece que fue así. Los establecimientos explican “que los datos que aparecen en esta página son los que registró el personal del comercio en el que se efectuó la compra”.

Pero dado que es imposible distinguir entre una tarjeta de crédito y una de débito, puede ser que el personal haya clasificado incorrectamente el pago. Entonces, se sugiere que si se requiere una corrección, se deber contactar al comercio.

Formas de pago. Si el contribuyente elige varias formas de pago, está viendo que sólo aparece una.

Esto se debe a que según las reglas del SAT para CFDI versión 3.3, sólo se permite incluir una forma de pago al momento de generar el comprobante fiscal.

Se especifica que en caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, los contribuyentes deben incluir en ese campo la clave de forma de pago con la que se liquida la mayor cantidad.

Si se requiere más información, se sugiere consultar la guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por internet.

Hay ocasiones en las que aparecen pagos como máximo cero, esto es porque probablemente se trata de una forma de pago que ya se utilizó para otra factura.

Si el contribuyente pidió una factura y le llegaron dos, y una de ellas está en ceros, ¿qué pasó? La explicación es que la factura en ceros debe ser considerada un comprobante de pago.

Si el consumo no fue pagado completamente previo a la emisión de la factura, por ejemplo, si una parte fue por “cuentas por cobrar” o similar, entonces la factura se emite como “pago en parcialidades o diferido”, y después se emite un comprobante de pago por cada pago recibido.

vkc

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