A poco más de dos meses desde que entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo o home office que reconoce el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, por lo que no se requiere la presencia física en el lugar de trabajo, no han surgido conflictos entre empleadores y empleados por esta nueva normativa.
En San Luis Potosí, debido a la permanencia del coronavirus, el trabajo en casa se sigue llevando a cabo en empresas de diversos sectores productivos, principalmente para los colaboradores que se desempeñan en áreas administrativas, contables o cualquiera que brinde la posibilidad de realizar sus tareas fuera de la planta.
El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el estado, Manuel Lozano Nieto, recordó que esta reforma vino a regular el teletrabajo para que los colaboradores puedan desempeñarse y existan criterios en beneficio de ambas partes.
En este sentido, aseguró que a la fecha no han surgido posibles conflictos o quejas en torno a la falta de cumplimiento por parte de las compañías, otorgando las herramientas necesarias para cumplir con las tareas laborales, así como con cubrir un porcentaje del pago de servicios como luz e internet.
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Lozano Nieto enfatizó que actualmente las compañías que determinen necesario que algún empleado o empleada cumpla con sus actividades mediante esta opción deben señalar detalladamente los términos tanto para el empleado como las responsabilidades de la empresa.
"Es obligatorio que las empresas de forma obligatoria cumplan con estas responsabilidades, es decir, las empresas que estén trabajando vía home office, deben establecer en los contratos los términos bajo los cuales va a trabajar y en esto se incluye pagando parte del servicio de luz e internet; la empresa tiene que estar apoyando con las herramientas para cumplir con su labor desde su casa", subrayó.