Economía y negocios

Refrescos, gasolinas y cigarros subirán en 2020

El aumento se debe a la miscelánea fiscal que aprobó el Congreso de la Unión como parte del paquete económico 2020, mediante el cual se hicieron diversas modificaciones a la ley del IEPS, el IVA y el impuesto sobre la renta

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25/12/2019 |11:01
EL UNIVERSAL San Luis Potosí
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En vísperas de las fiestas decembrinas, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer la actualización de las cuotas que se comenzarán a cobrar a partir del primero de enero del próximo año, por el impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a refrescos, cigarros y gasolinas.
 
Lo anterior, como efecto de la miscelánea fiscal que aprobó el Congreso de la Unión como parte del paquete económico 2020, mediante el cual se hicieron diversas modificaciones a la ley del IEPS, el IVA y el impuesto sobre la renta.

GASOLINAS

Para el caso de las gasolinas, explicó que el factor de actualización aplicable para el año de 2020 del IEPS es de 1.0297, con lo cual la cuota para la Magna pasará de 4.57 pesos a 4.95 pesos por litro; para la Premium de 4.060 a 4.18 pesos por litro.
 
En tanto que para el diésel la cuota del impuesto será de 5.44 pesos por litro desde los 4.64 pesos vigente; para los combustibles no fósiles será de 4.18 pesos.

Lo anterior resultó de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de noviembre de 2019 y de la inflación al mes de noviembre de 2018, que fue de 102.303 puntos, procedimiento establecido conforme a lo dispuesto por el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación.
 
También informó sobre las cuotas para los combustibles fósiles como el propano, butano, turbosina, combustóleo, carbón mineral y coque de carbón entre otros.

CIGARROS

A los cigarros, el factor de actualización resultado de las inflaciones comprendidas en el periodo referido será de 1.4128, con lo cual la nueva cuota aplicable al IEPS a partir de enero del 2020 será de 0.4944 pesos por cigarro.
 
Es decir, que se incrementa de 0.35 pesos a 0.49 pesos a partir del próximo año.
 
Argumentó que la cuota de 0.35 por cigarro, aplicable a tabacos labrados fue incrementada por última vez mediante decreto por el que se reformó el artículo segundo de la Ley del IEPS publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2010, misma que entró en vigor el 1 de enero de 2011.

REFRESCOS

Lo mismo sucederá para la cuota del IEPS que se cobra por los refrescos.
 
Hacienda informó que la cuota por litro aplicable a bebidas saborizadas que estará vigente a partir del primero de enero de 2020, pasará de 1.17 pesos por litro a 1.2616 pesos por litro.
 
Expuso que dicha cuota aplicable a las bebidas saborizadas fue actualizada por última vez mediante una regla Miscelánea Fiscal en 2017.