Economía y negocios

Registran 15 denuncias contra empresas por falta de pago de utilidades en SLP

La Secretaría del Trabajo informó que algunas empresas enfrentan un proceso administrativo, mientras que otras están en revisión o juicio

26/07/2024 |11:52
Jazmin Ramírez
Reportera multimedia en San Luis PotosíVer perfil

Desde el mes de mayo las empresas de San Luis Potosí iniciaron con el reparto de utilidades, sin embargo a la fecha la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de San Luis Potosí, ha registrado 15 denuncias efectivas por el incumplimiento de este derecho que tienen los trabajadores.

Hasta el momento la dependencia estatal ha brindado alrededor de 60 asesorías para orientar a los trabajadores sobre si son acreedores a este beneficio, así como para verificar si las empresas en las que laboraron están obligadas a realizar este pago y bajo qué condiciones.

Néstor Garza Álvarez, titular de la Secretaría del Trabajo, declaró que dichas empresas que no entregaron utilidades en tiempo y forma ya enfrentan un proceso administrativo y algunas otras empresas solicitaron revisión o juicio de unidad y siguen en proceso hasta que se resuelvan todos los casos.

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Según la Ley Federal del Trabajo, las multas por incumplimiento a la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) van desde 250 a 5 mil UMA, lo que representa actualmente 240 mil 055 pesos a 481 mil 100 pesos.

Cabe destacar que la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) es un derecho constitucional.

Las empresas deberán distribuir sus utilidades entre los trabajadores, siempre y cuando hayan tenido al menos 60 días trabajados durante el año ya sea en forma continua o discontinua y reporten utilidades netas superiores a un determinado umbral.

Sin embargo la ley establece que quedan exentas de responsabilidades aquellas empresas de nueva creación y establece un periodo de dos años de operación para comenzar a hacer tangibles los beneficios y utilidades.

También quedan libres de esta obligación las Instituciones de asistencia privada con fines humanitarios y sin fines de lucro, así como las instituciones públicas descentralizadas y las empresas con un capital menor al fijado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.