Economía y negocios

SAT advierte sanciones por exigir constancia fiscal a trabajadores; multas superarían los 100 mil pesos

Pedir la Constancia de Situación Fiscal ya no es un requisito válido para trámites laborales por lo que solicitarla a empleados puede ser sancionable

Foto: Jazmín Ramírez EL UNIVERSAL
04/02/2026 |11:25
Jazmin Ramírez
Reportera multimedia en San Luis PotosíVer perfil

Autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) hicieron un llamado urgente a empleadores, negocios y contribuyentes para evitar la solicitud indebida de la Constancia de Situación Fiscal, práctica que actualmente representa una falta administrativa sancionable conforme al Código Fiscal de la Federación.

Gerardo Cruz Aguilar, adscrito al área de Recaudación y José Edgar González Cáncino, administrador del Servicio al Contribuyente en la entidad, explicaron que desde hace tiempo ya no es necesario requerir este documento para trámites laborales, por lo que continuar solicitándolo puede derivar en multas que van desde los 24 mil hasta más de 122 mil pesos.

Los funcionarios precisaron que esta infracción se encuentra tipificada en el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, el cual establece sanciones para quienes obliguen a las personas a presentar documentos fiscales que no son exigibles por la ley.

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“Es importante que la población y sobre todo, los patrones y empleadores, eviten incurrir en esta práctica, ya que no solo afecta a los trabajadores, sino que también puede generar consecuencias económicas para las empresas”, señalaron.

Asimismo, aclararon que ningún patrón está facultado para exigir la Constancia de Situación Fiscal a sus empleados, sin importar el tamaño de la empresa o el giro comercial, ya que el SAT cuenta con mecanismos alternativos para proporcionar la información necesaria.

En este sentido, indicaron que los empleadores pueden acercarse directamente a la autoridad fiscal y solicitar el apoyo institucional para obtener los datos requeridos para la correcta timbración de nómina, incluso cuando se trata de plantillas laborales amplias o de trabajadores que han realizado modificaciones recientes en su información fiscal.

De igual forma, detallaron que en los casos donde los empleados no cuenten con RFC particularmente en comunidades alejadas o de difícil acceso, el propio empleador puede gestionar ante el SAT la inscripción correspondiente, sin necesidad de trasladar al trabajador a una oficina tributaria.

Finalmente, los representantes del SAT reiteraron la invitación a informarse adecuadamente y a utilizar los canales oficiales, con el objetivo de evitar sanciones, facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y garantizar el respeto a los derechos de los contribuyentes.

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