El Servicio de Administración Tributaria (SAT) convoca a realizar durante el presente mes la declaración anual para las personas físicas, para declarar sólo se necesita la contraseña y únicamente si el saldo a favor es mayor de 50 mil pesos se enviará con la e firma. El plazo para los contribuyentes obligados es el 30 de abril.
Israel Alberto Serrano Torres, administrador desconcertado de Servicios de Contribuyentes de San Luis Potosí detalló las facilidades para que las personas físicas presenten su declaración anual del impuesto sobre la renta (ISR), correspondiente al ejercicio fiscal 2017.
La Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través del (SAT) convoca a rendir su declaración a quienes obtienen ingresos a través de la prestación de servicios profesionales, que realizan actividades empresariales, por arrendamiento o intereses, así como a los asalariados con dos o más fuentes de ingresos, entre otros que marca la ley.
Como una facilidad, los asalariados que solo tengan un patrón no están obligados a declarar, pero si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo a favor, pueden presentar su declaración en cualquier momento del año.
Además en este año el SAT brinda a los contribuyentes la opción de simplificación de trámites en línea, para ello solo deben revisar, aceptar y enviar, ingresando al sitio oficial sat.gob.mx y con su contraseña y únicamente en el caso que se obtenga saldo favor mayor a 50 mil pesos o si se va a modificar la cuenta bancaria de depósito que el SAT tiene registrada, se deberá enviar con la e firma.
El crecimiento anual de contribuyentes que realizan puntualmente su declaración es del 14 %, el año pasado en correspondencia al ejercicio del 2016 se registró la declaración de más de 7.4 millones de contribuyentes.
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