La Comisión de Justicia del Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó sancionar a la difusión ilícita de imágenes íntimas hasta con seis años de prisión y la inhabilitación, en caso de que el delito lo cometa un servidor público.
La propuesta la promovió la legisladora Paola Arreola Nieto desde el pasado 4 de junio del presente año; a seis meses de que se presentó será turnada a la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género, antes de ser enviada al Pleno para su votación.
La propuesta busca la reforma del párrafo primero del artículo 187 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para que establezca que “Comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien, transmita, publique o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, por medios impresos, de las Tecnologías de la Información y Telecomunicación (TICS), redes sociales, correo electrónico, mensajería instantánea o cualquier otro medio o espacio digital, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión”.
Este delito se sancionará con una pena de tres a seis años de prisión y multa de trecientos hasta mil días del valor de la Unidad de Medida de Actualización.
En las sanciones también se incluye a los servidores públicos, quienes podrán ser inhabilitados de todos sus derechos, en caso de ser responsable de una acción esta naturaleza, informó la diputada Paola Arreola Nieto, quien consideró que hay confianza en que se obtendrán los votos suficientes en el Pleno para la aprobación de este dictamen.
apl
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