Para estas elecciones del 2024, fueron seleccionadas las personas que serían funcionarias de casilla, esto debido a que salieron sorteados aquellas y aquellos nacidos en los meses de marzo y abril y que su primer apellido comience con la letra A.
Según establece el Instituto Nacional Electoral (INE), para conformar la casilla se requiere la participación de 9 funcionarios: el o la presidente, dos secretarios/as, 3 escrutadores/as y 3 suplentes generales; a todos ellos se les cita con semanas de anticipación para que se capaciten y conozcan sus labores.
Sin embargo, si algún funcionario o funcionaria llega a faltar el día de las elecciones, el INE establece lo siguiente: “el cargo vacante se cubrirá primero con los funcionarios/as presentes, recorriendo el orden para ocupar los cargos y se habilitará a los suplentes generales para los faltantes.”
No obstante, si existe una ausencia de suplentes, es ahí cuando se le pide a las y los electores que estén formados en la fila que puedan encargarse del rol que haga falta.
Es por eso que, si te interesa participar, deberás acudir a formarte antes de las 8:00 de la mañana a tu casilla (que es cuando se abren las votaciones) con tu credencial de elector para que, en caso de haber alguna falta se pueda cubrir el puesto y puedan comenzar las votaciones. Si no está la planilla completa de funcionarios, las votaciones no podrán comenzar.
Sin embargo, en el Repositorio Documental del INE se señala que las siguientes personas no podrán aceptar el cargo de funcionaria o funcionario de casilla: si es representante de un partido político, si es observador electoral, si es servidor público de confianza con mando superior, si tiene algún cargo de dirección partidista, si ocupa algún cargo de elección popular o si no cuenta con su credencial para votar o no se encuentra inscrito en la Lista Nominal de su sección.
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Asimismo, el INE señala que en caso de que no asista ningún funcionario de casilla, será el Consejo Distrital quien determinará las medidas necesarias para integrar la Mesa Directiva de Casilla.
“Cuando no sea posible que la autoridad electoral intervenga, representantes de partidos y de candidatos/as independientes nombrarán, por mayoría, a funcionarios/as de entre los electores/as de la fila.”
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