Estado

¿Cobrar por existir? Colectivos denuncian que San Luis Potosí pone precio al derecho a la identidad de género

Acusan que el cobro por adecuación de actas de nacimiento constituye una barrera económica, jurídica y constitucional que profundiza la exclusión de personas trans y no binarias

Colectivos de SLP alzan la voz por los derechos de la comunidad LGBT. Imagen: Especial
24/01/2026 |16:37
Jazmin Ramírez
Reportera multimedia en San Luis PotosíVer perfil

Organizaciones, colectivas y defensores de derechos humanos dieron a conocer un posicionamiento conjunto en el que advirtieron que el reconocimiento legal de la identidad de género no es un favor administrativo, sino una obligación del Estado vinculada directamente con la dignidad humana, el derecho a la identidad y el libre desarrollo de la personalidad.

En el documento, las y los firmantes acusaron que en San Luis Potosí este derecho se encuentra actualmente condicionado por un obstáculo económico establecido en la Ley de Hacienda del Estado, lo que representa, afirmaron, "un retroceso en la protección de los derechos humanos de las personas trans y no binarias".

Se incorpora cobro por modificación de datos

La legislación local incorporó un cobro de 10.52 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a mil 488 pesos aproximadamente, para el trámite denominado “Modificación de Datos Personales en las Actas del Estado Civil conforme a la Identidad de Género Auto-percibida”.

Este procedimiento permite a las personas nacidas o registradas en la entidad adecuar su acta de nacimiento a su identidad de género. Aunque la cantidad pudiera parecer moderada en términos administrativos, su impacto económico, subrayaron, convierte el ejercicio de un derecho humano en un trámite sujeto a pago.

Las organizaciones advirtieron que esta medida no puede entenderse como un simple cobro burocrático, sino como una barrera estructural que afecta de manera desproporcionada a una población históricamente marcada por la exclusión laboral, la precariedad económica y la violencia institucional.

"Condicionar el acceso reproduce desigualdades"

Condicionar el acceso a documentos de identidad a la capacidad de pago, sostienen, reproduce desigualdades y transforma la seguridad jurídica en un privilegio.

En el posicionamiento también se cuestiona la falta de certeza normativa del monto exigido, ya que no se desprende con claridad del valor vigente de la UMA, lo que genera opacidad y abre la puerta a aplicaciones discrecionales.

En un contexto de derechos humanos, esta ambigüedad señalaron vulnera los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Asimismo, consideran que el cobro resulta incompatible con el marco constitucional y convencional que rige en México.

Recuerdan que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que los procedimientos de reconocimiento de la identidad de género deben ser administrativos, accesibles y expeditos, mientras que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que estos procesos deben tender a la gratuidad para evitar que factores económicos limiten el ejercicio de derechos fundamentales.

Desde esta perspectiva, señalaron que imponer un costo desproporcionado por una anotación registral no supera un análisis de proporcionalidad, ni responde a una finalidad legítima que justifique la restricción del derecho a la identidad.

SLP adopta enfoque recaudatorio

El documento también advirtieron que mientras otras entidades federativas han avanzado hacia la gratuidad total de este trámite como una medida de no discriminación, San Luis Potosí adopta un enfoque recaudatorio que, en los hechos, mercantiliza la identidad de las personas trans y no binarias.

Ante este escenario, las colectivas firmantes exigieron al Congreso del Estado y al Poder Ejecutivo adoptar medidas inmediatas para garantizar que el trámite sea plenamente accesible y no discriminatorio.

Entre las acciones mínimas planteadas se encuentran la eliminación de condicionamientos económicos, la adopción de esquemas de exención o gratuidad, la armonización de la legislación local con los estándares constitucionales y convencionales, así como la emisión de lineamientos claros que eviten cobros arbitrarios.

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