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Este lunes se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la sentencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que “declara la invalidez de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado y Municipios de San Luis Potosí, por no haber realizado el Congreso local una consulta pública previa, a las personas con discapacidad”.
Esta norma se reformó por última vez el pasado 27 de julio del 2018.
“La invalidez de esta norma entrará en vigor a partir de los ciento ochenta días naturales siguientes al día en que se publique en el Diario Oficial de la Federación los resolutivos de la presente ejecutoría”.
Es decir que el Congreso del Estado tiene el mismo plazo (180 días naturales) para emitir una nueva norma que atienda la obligación de practicar una consulta previa a las personas con discapacidad.
Sobre esta situación Martín Juárez Córdova, presidente de la Directiva del Congreso del Estado, encargado de los asuntos jurídicos del Poder Legislativo, recordó que durante estos meses se llevará a cabo, a la par de otras, una consulta para expedir una nueva ley de inclusión de personas con discapacidad.
maria.medrano@clabsa.com.mx
apl
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