Con 19 votos a favor se aprobó modificar la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí para prohibir la entrega de contenedores no biodegradables y compostables en comercios y establecimientos comerciales, misma que entrará en vigor a partir del próximo 1 de febrero.
El decreto contiene un artículo transitorio para que durante el presente año no se hagan efectivos los cobros de multas, que van de los 10 a los 40 Unidades de Medida y Actualización (entre mil 737.6 y los tres mil 475.2 pesos), a los comercios que incurran en faltas; sólo se aplicarán amonestaciones y decomiso de la mercancía.
Al respecto Cándido Ochoa Rojas, presidente de la Comisión de Ecología del Congreso del Estado, apuntó que la vigilancia de esta normativa se dará a través de las administraciones municipales y las multas que se solicitan serán en beneficio de la difusión de medidas de cuidado al medio ambiente.
Cabe recordar que esta disposición no aplica en empaques de origen, alimentos ni medicinas.
maria.medrano@clabsa.com.mx
apl
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