Tras varios intentos, se aprobó la nueva Ley Electoral del Estado, sin embargo algunas particularidades como elevar el porcentaje de votos para acceder a diputaciones plurinominales y la extinción de la alianzas partidistas planteadas en la reforma original, tuvieron que ser modificadas y quedaron igual que en la ley anterior.
Lo anterior significa que se mantiene el término de alianza partidaria, en la cual dos o más partidos podrán presentar candidaturas en alianza sin mediar coalición; y para asignación de una curul de representación proporcional a los partidos que hayan obtenido el 3.0 por ciento de la votación válida emitida.
En materia de discapacidad, se dispondrá el uso de plantillas en Braille, para las boletas electorales, y con etiquetas en el mismo sistema para identificar las urnas, para personas con discapacidad visual; además de disponer de mamparas especiales movibles a una altura considerable, para facilidad de las personas en sillas de ruedas, y personas de talla baja.

“Se definieron además fechas y plazos para registro, realización de precampañas y campañas electorales, y el desarrollo de los trabajos por parte de los organismos electorales para el desarrollo y resultados de la jornada electoral.
En este sentido las diputadas Paola Arreola Nieto y Vianey Montes Colunga quienes fueron las impulsoras de esta nueva ley, manifestaron la importancia de esta nueva disposición que contiene las medidas necesarias para sancionar y erradicar la violencia política de género y con ello, garantizar la participación de las mujeres en los procesos electorales.
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