La Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí (CEDH) emitió la recomendación 15/2020 contra la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental del Gobierno del Estado (Segam), por violentar los derechos humanos de una trabajadora de la dependencia por falta de protección de la maternidad en el espacio público y una vida libre de violencia.

La recomendación deriva de una queja interpuesta por la víctima, en la que se detallan irregularidades por parte de la citada dependencia donde se explica que en el año del 2016, tiempo en el que ingresó a laborar a la Segam y fue nombrada Directora de Ecología Urbana, se le condicionó la firma de dos cartas de renuncia, de forma anticipada; además de que no se respetó su incapacidad laboral por maternidad de 84 días que se le otorgó a partir del 26 de abril de 2017, y sin embargo, a los 65 días, el 30 de junio la titular de la Segam, le pidió reincorporarse a sus asuntos laborales.

También se relata que en el 2018 durante su segundo embarazo, la titular de la Segam, le solicitó a la víctima dejar de colaborar debido a que le dijo que en su condición "no debía salir a ninguna actividad que representará riesgo", por lo que le daba como fecha límite hasta el 30 de junio del 2018 para encontrar otro empleo, sin antes terminar un programa de reforestación en Rioverde.

Debido a la conclusión del programa de reforestación, en que la afectada relató haber cargado cientos de árboles, el 25 de junio del 2018, necesitó atención médica por malestares durante su embarazo; durante la consulta médica el IMSS le otorgó una incapacidad médica por siete días por el diagnóstico de posible parto prematuro. Después de notificarle a la titular de la Segam, el director administrativo, le solicitó firmará una carta de renuncia con fecha del 29 de junio del 2018, misma que le fue nuevamente solicitada el 2 de julio del mismo año, pero ante la segunda negativa, se le notificó que tenían las cartas de renuncia anticipada de cuando ingresó a la función pública.

Ante ello, la CEDH instruyó garantizar a la víctima el acceso a la reparación integral del daño, inscribirla en el Registro Estatal de Víctimas para que tenga acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral; se investigue y desahogue la responsabilidad administrativa del director administrativo de la Segam, ante la solicitud de renuncia; abstenerse de pedir se firme renuncia laboral como condicionante al ingreso o permanencia del puesto y la impartición de capacitaciones a los trabajadores en materia de “Derechos Humanos de las Mujeres en el ámbito laboral".

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