Luego de más de cinco horas de deliberaciones y recesos, el juez de la causa emitió auto de vinculación a proceso al ex diputado Enrique Alejandro Flores Flores por la probable comisión del delito de cohecho en contra del alcalde de Ébano, Crispín Ordaz Trujillo, ocurrido el 24 de mayo del 2017 en las oficinas del Congreso del estado.

De acuerdo al Código Penal del estado, la pena máxima para este delito sería de 12 años de prisión, así como la inhabilitación para ejercer algún cargo público por el doble de los años de la pena y una multa pecuniaria del doble de lo que se solicitó en el cohecho, es decir ocho millones de pesos dado que fueron cuatro millones los que se solicitaron al alcalde de Ébano para "limpiarle" las cuentas públicas.

A pesar de los argumentos de la defensa, el juez Felipe Aurelio Torres Zúñiga consideró que hay elementos para inferir la comisión del delito, puesto que de acuerdo al texto constitucional se da esta figura cuando un servidor público solicita para si o para alguien más dinero o una dádiva a cambio de la agilización de un trámite o circunstancia alguna que esté relacionada con su función pública, que sea en perjuicio del patrimonio en este caso de la sociedad en general.

No obstante recalcó que esto está lejos de acreditar el delito como tal, simplemente se ha acreditado la probabilidad de que así sea y por tanto que se inicie el juicio para que se investiguen a fondo los hechos, asimismo a pesar del argumento de la defensa en el sentido de que el imputado solicitó el importe al alcalde no para si, sino para sus compañeros diputados, Óscar Bautista, Manuel Barrera y J. Guadalupe Torres, consideró que de manera lógica y por conclusión racional es evidente que el dinero también era para él, lo cual se acredita con propias contradicciones en sus dichos al mencionar alternadamente las palabras "ellos", "nosotros", "quieren" y "queremos".

Cabe destacar que luego de la vinculación a proceso de Flores Flores la Fiscalía solicitó la medida cautelar de la prisión preventiva, por considerar que se podría evadir de la justicia, lo cual fue descartado por el juez, quién simplemente dictó que la medida cautelar menos lesiva para aplicarse en el caso solo será la de que tenga que acudir a firmar cada 15 días ante la unidad de medidas previas, esto supervisado por el sistema penitenciario del estado.

Asimismo fijó el periodo de seis meses como máximo para que se de el cierre completo del caso, es decir, que a más tardar se tendrá que dar una sentencia definitiva en el mes de septiembre de este año, lo cual fue aceptado por la defensa.

Cabe destacar que al final de la maratónica audiencia, el imputado fue abordado por los medios informativos y se dijo molesto porque el juez no atendió los argumentos que se escribieron, asimismo junto con su abogado externo que buscarán contravenir está resolución por las vías legales, incluso un amparo o hasta denunciar al propio Fiscal General Federico Garza Herrera por haber mentido ante el Congreso erigido como jurado cuando solicitó su desafuero.

Esto según dijo puede acarrear responsabilidad penal en contra del entonces procurador, porque en su momento aseguró a los diputados que se estaba investigando el caso por haber sido intermediario en una situación de cohecho y ahora ante el juez lo señalan como que se trató del autor directo, material y único del cohecho, excluyendo a los otros tres diputados a quienes exculpa de forma tácita solo porque es sus declaraciones dijeron no estar involucrados.

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