El pleno del Poder Legislativo aprobó expedir la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas, y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.
Martha Orta Rodríguez indicó que de 2008 a 2017 fueron llevados solo cinco asuntos relacionados con trata de personas, de los cuales solo tres concluyeron en sentencia en contra de los presuntos responsables.
La legisladora indicó que los objetivos de esta ley son: establecer la competencia, mecanismos y procedimientos que corresponden al estado, así como la forma de coordinación con la federación y los municipios de la entidad, para la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas, acorde a los tipos penales y a los procedimientos penales aplicables a tales delitos que establece la ley general.
Precisar la competencia y formas de coordinación del estado en materia de protección y asistencia a las víctimas de los delitos en materia de trata de personas. Establecer mecanismos efectivos para tutelar la vida, la dignidad, la libertad, la integridad y la seguridad de las personas, así como el libre desarrollo de niñas, niños y adolescentes, cuando sean amenazados o lesionados por la comisión de los delitos en materia de trata de personas.
Definir las atribuciones y responsabilidad de las instituciones del estado vinculadas con la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos en materia de trata de personas, así como el fomento a la participación ciudadana en las políticas, programas, obras y acciones que se pongan en marcha en esas materias, y reparar el daño a las víctimas de trata de personas de manera integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida.
Esta ley, que fue por sendas iniciativas presentadas por la diputada Martha Orta Rodríguez y el gobernador Juan Manuel Carreras López, es para dar cumplimiento exacto a las disposiciones transitorias establecidas en la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas, y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos, la cual precisa los principios que rigen la interpretación, aplicación, y definición de las acciones para su cumplimiento.
Este ordenamiento aprobado determina las atribuciones exclusivas del estado, relativas a la formulación de políticas e instrumentación de programas estatales para prevenir, sancionar y erradicar los delitos previstos en la ley general; así como para proteger, atender, rehabilitar y recuperar el proyecto de vida de las víctimas y posibles víctimas, ofendidos y testigos de los mismos.
Se crea una comisión intersecretarial respecto de la cual se define las atribuciones de cada una de las instituciones y dependencias que la conforman.
Se establece las facultades concurrentes del estado con las autoridades federales competentes en la prevención, atención, sanción, y combate a los delitos de trata de personas; y la atención, protección y asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos, de estos delitos.
Se prevé la implementación de programas y proyectos en coordinación con la federación, de educación capacitación e investigación en materia de esclavitud, trata de personas, o explotación, y demás delitos que prevé la ley.
Con este ordenamiento se establece la obligación de diseñar estrategias en materia de protección y asistencia a las víctimas. Se definen también las atribuciones de los municipios en prevención, y erradicación, en materia del delito de trata de personas. Se atienden además el tema de la prevención; así como la participación ciudadana.
apl