La discriminación es una práctica habitual que consiste en dar un trato desfavorable o desprecio inmerecido a determinada persona o personas, o bien a grupos de ciudadanos, y ese factor es a veces imperceptible y en alguna ocasión lo hemos causado o recibido, de igual manera. En sus actividades diarias las personas son víctimas de la exclusión y en el transporte público concesionado o particular no es la excepción, expresó el diputado Fernando Chávez Méndez.
Por tal motivo este jueves presentará una iniciativa de reforma en la sesión ordinaria en el pleno del Congreso, y que en la exposición de motivos el legislador consigna los conceptos mencionados. Señaló que debido a que para la LXI legislatura su menester es velar para que en todos los ámbitos de la sociedad se incluya al transporte público como medio de movilidad ciudadana, “no está presente ningún avistamiento de discriminación a determinada persona o grupo, se agrega que actualmente la ley potosina de transporte público mandata en materia de publicidad en las unidades lo siguiente en sus artículos 17, 81 y 101. Respectivamente:
Autorizar publicidad y propaganda de cualquier tipo que se fije o transmita a través de las unidades del transporte público, en sus paraderos, bases de servicio, terminales de pasajeros o de carga; son obligaciones de los permisionarios o concesionarios, abstenerse de colocar publicidad o propaganda de cualquier tipo, en sus paraderos, bases de servicio, terminales de pasajeros o de carga.
Queda prohibido en vehículos destinados al servicio del transporte público y en los servicios auxiliares del mismo, todo tipo de publicidad o promoción de productos o sustancias que causen adicciones, o de establecimientos donde se expenden para su consumo inmediato.
De ahí se desprende, que en la ley se hace necesario establecer un segundo párrafo para que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, vigile y prohíba que en la publicidad exhibida en las unidades, no se contengan frases, palabras o imágenes que atenten contra los derechos humanos o la dignidad humana.
Ni se estigme como inscripciones discriminatorias u ofensivas, no obstruyendo o desvirtuando características y cromática que identifica a los autobuses urbanos.
vkc