El Congreso del Estado aumentó las penas en los delitos de feminicidio, violación y abuso sexual armonizándolo con Código Penal Federal, aprobando por unanimidad el decreto que reforma los artículos, 135 en su párrafo noveno, 171 en su párrafo segundo, 173 en sus fracciones, I, y III, 174, 175 y 178 en sus párrafos segundo y último del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

La diputada Gabriela Martínez Lárraga, quien fue la que presentó la propuesta de reforma de ley, indicó que era necesaria esta acción, ya que se ha incrementado notablemente este tipo de violencia sexual en contra de mujeres y menores de edad.

De esta manera, en cuanto al delito de feminicidio, de ser castigado en San Luis Potosí con una pena 20 a 50 años, pasó a ser de 40 a 60 años de prisión, así como una sanción pecuniaria de cuatro mil a seis mil días del valor de la unidad de medida. Y, en el caso de que la víctima sea niña o adolescente, se aumentará la cuarta parte de la pena que corresponda.

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En el caso del delito de violación, el cual anteriormente se castigaba con una pena de 8 a 16 años, ahora será de 8 a 20 años, más una sanción pecuniaria de ochocientos a dos mil días del valor de la unidad de medida, más la reparación del daño. Encima, si en este acto se ejerce violencia física o moral, el mínimo y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad.

Y, en el caso de que en la violación interfieran dos o más personas, se les impondrá una pena de 10 a 22 años de prisión y sanción pecuniaria de mil a dos mil días del valor de la unidad de medida, más la reparación del daño.

Por último, en cuanto al delito de abuso sexual, de una pena de 2 a 5 años de prisión se aumenta a una pena de 6 a 10 años de prisión y sanción pecuniaria de doscientos a quinientos días del valor de la unidad de medida.

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