Sería ilegal que el Congreso del Estado apruebe en periodo extraordinario los informes de cuentas públicas 2017, advirtió Eduardo Martínez Benavente, analista político y ex diputado local, quien citó los artículos 53 y 54 de la Constitución Política del Estado.
De acuerdo al primer párrafo del artículo 53 de la Constitución Política “en el primer período ordinario de sesiones, el Congreso del Estado se ocupará de preferencia de aprobar las leyes de ingresos del estado y las de los municipios, así como de examinar y aprobar el presupuesto de egresos que le presente el Ejecutivo, correspondiente al año entrante. De igual forma se ocupará del análisis y, en su caso, aprobación del informe general e informes individuales que le presente la Auditoría Superior del Estado, respecto de la revisión de las cuentas públicas del estado; de los municipios y de sus organismos descentralizados; de los organismos constitucionales autónomos; y las demás entidades auditables, relativas al año próximo anterior.
Ante esto, Martínez Benavente indicó que aprobar las cuentas públicas 2017 en un periodo extraordinario de sesiones daría materia a los entes obligados que tengan observaciones a recurrir a un amparo y echar abajo esto. Por lo que confió que la nueva legislatura no permita que sea la legislatura que le antecede la que apruebe los informes de auditoría relativos a los ejercicios de gasto 2017.
Por su parte Héctor Mendizábal Pérez, indicó que de ser ilegal la aprobación de informes de fiscalía en periodos extraordinarios de sesiones, entonces la Auditoría Superior del Estado (ASE) no habría turnado los documentos a la Comisión de Vigilancia.
“Desde el momento en que la Auditoría los ha turnado al Congreso nuestra obligación es darles el tratamiento (…) la ley lo permite, está dentro del marco jurídico”. Incluso cuestionó la legalidad de la aprobación de las cuentas públicas 2016, “es motivo de un análisis y de interpretación (…) en todo caso nosotros tendríamos que tener un dictamen que lo avalara”, aclaró.
Mendizábal Pérez justificó la posibilidad de que la actual legislatura apruebe los informes 2017 al señalar que, “por lo que dura una legislatura, que son tres años, pues uno parte del supuesto que cada legislatura le corresponde dictaminar tres ejercicios fiscales en el caso de la Legislatura LXI nos corresponde dictaminar 2015, 2016 y 2017, a la próxima legislatura le correspondería 2018, 2019 y 2020. Entonces esto también entra dentro de las consideraciones jurídicas para soportar en un momento dado si es que se resuelven en esta legislatura o si se dejaran”.
Negó que la presente legislatura esté aferrada a aprobar los informes de auditoría 2017, pues la ley señala que este proceso puede llevarse a cabo hasta el primero de octubre de cada año, por lo que existe la posibilidad de dejar el proceso pendiente para la siguiente legislatura o votarlo en sesión extraordinaria de pleno.
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apl