Luego de que los congresistas dejaran sin efecto el decreto de informes de cuentas públicas 2017, se podrían acarrear controversias constitucionales contra el Poder Legislativo, auguró Jorge Chessal Palau, experto en temas jurídicos, quien además previó que los informes volverán a aprobarse, por lo que la determinación de este viernes “no tuvo ningún sentido”.

Recordó que la anterior legislatura aprobó informes de auditoría sólo con el objetivo de determinar si estos se realizaron conforme a la ley, además indicó que en la legislatura anterior tuvieron vigencia dos legislaciones distintas en materia de fiscalización, la anterior sostenía que los informes tenían que aprobarse en periodos ordinarios de sesiones del Congreso del estado y la vigente establece como plazo para esta aprobación hasta el mes de octubre durante el primer periodo ordinario de sesiones, pero no aplica para la revisión de los informes relativos al ejercicio fiscal 2017.

Chessal Palau expuso que la transición entre leyes generó confusiones que fueron utilizadas como argumento del diputado proponente del acuerdo, Edgardo Hernández Contreras, quien sostuvo que al aprobarse estos dictámenes no se cumplió con el requisito de urgencia que es uno de los tantos supuestos mediante los cuales se puede citar a periodo extraordinario de sesiones, “también se puede abrir aunque no haya urgencia, por la sola petición de un diputado”, apuntó.

Apuntó que ante lo inútil que resultaba el trámite y ante lo confuso de la causa que argumentó el diputado representante del partido Verde, “a mí me parece que todas estas entidades públicas a las cuales les regresaron los dictámenes, es decir que ya fueron revisados, que ya fueron auditados, pueden tener legitimación para irse a una controversia constitucional”, dado que pudieron resultaron afectados por la una revisión que fue aprobada y luego dicha aprobación se dejó sin efecto.

“El hecho de que se hubiera aprobado en un periodo extraordinario y no durante el periodo ordinario no afecta la validez de la aprobación de los informes, y adicionalmente, también, no había una causa suficiente, hoy, para que se obviara el trámite en comisiones y que se resolviera como de urgente resolución toda vez, que lo que se estaba aprobando no son cuentas públicas sino dictámenes de revisión”.

Previó que aunque se quiera volver a revisar la fiscalización a cuentas públicas lo que sucederá es que se aprobarán los mismos dictámenes, “probablemente quisieran volver a analizar a estudiar, no podrán volver a revisar más allá de lo que son los mismos dictámenes de auditoría y muy probablemente van a tener que aprobarlos en los mismos términos”, incluso estimó que la Suprema Corte podría “parar” este proceso en caso de que se promuevan las controversias constitucionales.

Expuso que uno de los argumentos que pueden presentarse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación es el hecho de que el Poder Legislativo no puede revocar sus propias decisiones, “para que eso pueda darse tienen que cumplirse ciertos requisitos y ciertas condiciones y en el caso de la Ley Orgánica del Poder Legislativo no existe esa posibilidad de revocar sus propias decisiones" Abundó que esto solo esto está previsto en leyes administrativas y requiere de que se promueva un juicio que dé la posibilidad de defensa a la parte que podría verse afectada.

Al ser cuestionado sobre si podría aplicar el veto del gobernador en esta determinación del Poder Legislativo, explicó que no, 
Finalmente explicó que como no se trata de una ley, sino de un acuerdo (y es cuestión exclusiva del Congreso del estado) sólo se tendría que dar vista al Ejecutivo del estado más que para su publicación en Diario Oficial del Estado.

gpl

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