En los últimos meses, la inteligencia artificial ha estado al alcance de internautas de manera fácil y gratuita. Con ella, la gente ha logrado conversar con estas “inteligencias”, pedirle que cree textos al darle parámetros específicos y hasta crear imágenes combinando distintas temáticas de forma instantánea.

Si bien, la tecnología supuestamente está creada con la mejor de las intenciones también puede ser usada para dañar a otras personas y vulnerar sus derechos. Sería el caso de la creación de imágenes de índole sexual de cualquier persona, las cuales se desarrollan mediante fotos de la víctima y colocándola en situaciones de desnudos o en poses sugerentes.

Ante esta problemática que, aún no está regulada, la diputada Cecilia Senllace Ochoa Limón presentó la iniciativa de reforma el artículo 187 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, la cual busca penalizar este tipo de acciones.

Este artículo, que se refiere a la Difusión Ilícita de Imágenes, señala que: “Comete el delito de difusión ilícita de imágenes íntimas quien, transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión. Este delito se sancionará con una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización”.

En la iniciativa se propondría entonces agregar: “la conducta quien modifique a través de herramientas tecnológicas la imagen de una persona para convertirla en material que contenga desnudos o que sea considerado de carácter íntimo, erótico o sexual, sin el consentimiento de la víctima”, lo cual también sería penado hasta con 6 años de prisión.

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