Sobre las modificaciones al artículo 19 constitucional para ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva, en el que se contemplan delitos electorales, autoridades en la materia emitieron su opinión al respecto.
Y es que el Congreso del Estado de San Luis Potosí votó en contra de estas modificaciones a la constitución al considerar que vulneran el derecho de presunción de inocencia, sin embargo, más de la mitad de los congresos locales avalaron las medidas, con lo que se procede a realizar los cambios constitucionales.
Al respecto Laura Elena Fonseca Leal presidenta del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), consideró que antes de emitir alguna opinión al respecto, los delitos considerados deben de ser incluidos en la legislación local no sólo en el código penal sino en la ley de justicia electoral del estado.
Confío en que la armonización se lleve a cabo con mucho cuidado porque los delitos electorales están bien definidos en otros códigos, pero previó que esto cambios apoyen en la inhibición de delitos.
A su vez Rigoberto Garza de Lira, magistrado presidente del Tribunal Estatal Electoral (TEESLP), señaló que la conducta particular se tendrá que ajustar a la forma en la que se tipifique.
Descartó que esto pueda generar falsas acusaciones como lo aseguran los detractores de la reforma, “yo creo que esto es más bien de poner orden, de gobernabilidad y de que existan en la ley los mecanismos para actuar de manera oportuna”, coincidió con el CEEPAC al señalar que el objetivo es inhibir las conductas delictivas.
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