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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en favor de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) un recurso de inconstitucionalidad respecto de las leyes de ingresos de los municipios avaladas por el Congreso del Estado, que permitió acreditar el cobro por las copias simples que se entregaban a quienes realizaron solicitudes de información, ya que la acción se considera violatoria a los derechos humanos.
De esta forma el órgano máximo de justicia determina que las personas que en su momento pagaron a las administraciones municipales por las copias, como parte de un requerimiento de información dentro de la Ley de Transparencia, podrán solicitar el reembolso y allegarse a la protección legal de la CEDH en caso de que encuentren resistencia.
El consejero de la CEDH, Luis González Lozano, explicó que el recurso de impugnación fue presentado el 22 de enero de este año pero la SCJN emitió su fallo apenas hace unos días, de ahí que el Congreso como los municipios involucrados, que son 51 en total, ya fueron notificados para que en consecuencia apliquen solamente un costo mínimo e incluso deben garantizar la gratuidad de estas respuestas que se otorgan a los ciudadanos a través de las solicitudes de información.
Además destacó que los cobros por la emisión de las copias, e inclusive las que se entregaban vía formato digital como una USB, también eran cobradas por los ayuntamientos con el fin de desalentar la cultura de la transparencia entre la población.
Agregó finalmente que sería una acción de mal gobierno por parte del Legislativo el incluir de nueva cuenta estos cobros a través de las leyes de ingresos, cuando existe una resolución emitida por la Suprema Corte y una notificación que da cuenta del error.
sergio.marin@clabsa.com.mx
apl