Bajo el argumento de haber omitido la comparecencia de partes afectadas o beneficiadas, el Juez Octavo de Distrito en el Estado revocó la sentencia emitida en el juicio de amparo interpuesto por la organización Cambio de Ruta para la protección del área natural denominada "Camino a la Presa".
Esto debido a la intervención de la comunidad de San José de Buenavista del municipio de San Luis Potosí, misma que se ostentó como tercera interesada a través de sus autoridades ejidales.
El magistrado ponente Edgar Humberto Muñoz Grajales, del primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito, percibe una violación a las reglas fundamentales que norman el procedimiento del juicio de amparo, dado que no se emplazó al tercero interesado, en este caso la comunidad de San José de Buenavista.
El ponente expone que es una violación procesal de mayor magnitud y de carácter más grave dada su trascendencia en los derechos procesales al impedírsele promover incidentes, impugnar o desvirtuar los informes justificados, ofrecer pruebas contrapuestas, objetar documentos, proponer causas de improcedencia e interponer los recursos procedentes.
Además, señala que esto trasciende al resultado de la sentencia recurrida, pues el juzgador solo podrá estar en condiciones de resolver si comparecen las partes afectadas o beneficiadas con los actos reclamados.
Por esta razón se revoca la sentencia recurrida y se ordena al Juez Octavo de Distrito en el Estado reponga el procedimiento en el juicio de amparo 30/2018-III.
De este modo se revoca la sentencia de amparo que brindaba protección al área denominada “Presa San José” y que ordenaba la emisión de un plan de manejo para esta.
Al respecto, Luis González Lozano, director de la organización Cambio de Ruta, escribió en su cuenta de Twitter:
maria.medrano@clabsa.com.mx
vkc