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Conforme a los ajustes a la Ley Ambiental del Estado aprobada por el Congreso local y que entró en vigor desde el presente mes, el sector comercial podrá librarse este 2020 de las multas que van desde los 10 hasta 20 UMAS por el uso de popotes y bolsas de materiales no biodegradables o de un solo uso.
Al respecto, el presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados, Juan Carlos Banda Calderón, advirtió que las autoridades estarán realizando el decomiso o aseguramiento de este tipo de bolsas, popotes y contenedores que sean identificados en los establecimientos, esto con la finalidad de lograr que no se siga fomentando el uso de estos materiales que generan grave impacto al medio ambiente.
El líder empresarial reconoció que a pesar de que se dio una prórroga para la entrada en vigor de la Ley Ambiental del Estado, de octubre del 2019 a febrero del 2020, aún quedan muchas dudas entre los establecimientos sobre las inspecciones y multas.
A decir del dirigente de la Canirac, actualmente se mantienen reuniones de trabajo con la autoridad estatal a través de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam), además de dependencias municipales para que quede establecido el protocolo de inspección y aplicación de multas, a fin de que todo sea apagado a la Ley.
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