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Con resolución de fecha 25 de febrero del 2019, el juzgado cuarto mercantil de San Luis Potosí autoriza a la empresa Endenred México S.A. de C.V. proceder a señalar bienes suficientes para garantizar el pago de la cantidad de 91 mil 648.95 pesos por parte del Honorable Ayuntamiento de San Luis Potosí por concepto de intereses moratorios de un adeudo de la administración municipal con la empresa.
Esto se desprende del expediente 1324/2015 del cuarto juzgado mercantil en la entidad, cuya última determinación agrega que de no cumplirse con el pago antes señalado la empresa puede proceder al embargo de bienes.
La empresa Endenred, de acuerdo a su página web, proporciona soluciones relacionadas como monederos electrónicos, tarjetas y vales “que mejoran la eficacia de las organizaciones y el poder adquisitivo de las personas” y según una publicación de la organización Ciudadanos Observando los adeudos con la empresa se heredaron a la administración Mario García Valdés.
El servicio de la empresa se mantuvo con la administración de Ricardo Gallardo Juárez, misma que recibe como herencia un adeudo a saldar por lo que se inician los trámites legales para requerir el cobro por parte de la empresa.
Según el expediente, incluso la ahora diputada María Isabel González Tovar tuvo conocimiento del caso en su calidad de primer síndico municipal, quien aparece en los documentos a partir del 29 de abril del 2016 y hasta el 13 de abril del 2018.
Es el 27 de agosto del 2018 que se conoce que los cheques por la cantidad de un millón 221 mil 987.89 y 244 mil 397.56 pesos a nombre del municipio de San Luis Potosí fueron rechazados por la institución bancaria debido a que las firmas no correspondían con las registradas por el banco, por lo que la autoridad judicial resuelve aplicar intereses del 6 por ciento con base en una resolución anterior.
La cantidad señalada al inicio de esta nota hace referencia a los intereses moratorios generados del 15 quince de junio del 2017 dos mil diecisiete al 15 quince de septiembre del 2018 dos mil dieciocho por el rechazo de cheques antes descritos, sin embargo, de acuerdo al expediente el pago de los intereses no se llevó a cabo.
El expediente revela además que la última vez que se requiere el pago de los intereses es el pasado siete de febrero del presente año “se requiere a la parte demandada para que en los tres días haga el pago de la cantidad (antes señalada) a que se le condenó por concepto de intereses moratorios”.
El que no se mencione el adeudo principal (superior a un millón de pesos) en los posteriores resolutivos sugiere que se ha realizado, no así el pago de intereses moratorios que se habría heredado de los últimos meses de la pasada administración.
maria.medrano@clabsa.com.mx
vkc