El pasado jueves 7 de noviembre, San Luis Potosí aprobó reformar el Código Penal del estado para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación.
Tras el aval del Pleno del Congreso estatal, las mujeres gestantes puedan acceder a una interrupción del embarazo sin temor a ser criminalizadas.
Sin embargo, el colectivo Marea Verde señaló que la reforma es sólo el inicio de un camino que aún enfrenta retos importantes en términos de acceso seguro, libre y digno.
El Frente Marea Verde explicó que la despenalización debe ir acompañada de cambios en la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí con la finalidad de que exista garantía de procesos seguros y accesibles para las mujeres.
La organización destaca cuatro aspectos clave que aún necesitan ser atendidos para que las mujeres y personas gestantes puedan ejercer este derecho de forma plena:
1. Reconocimiento de derechos: La ley debe incluir a las personas gestantes como sujetos de protección en el ámbito de la salud, garantizando que el Estado asuma la responsabilidad de su bienestar en esta materia.
2. Acceso al aborto seguro: El Estado debe comprometerse a ofrecer acceso al aborto seguro en los plazos establecidos y a brindar información clara sobre este procedimiento como parte de la planificación familiar. Esto implica dotar a las instituciones de salud de los recursos y capacitación necesarios para ofrecer estos servicios de forma adecuada.
3. Prioridad en atención materno-infantil: La reforma debe asegurar que el Estado mantenga la atención a mujeres, niñas y personas gestantes como una prioridad en sus políticas de salud, garantizando servicios de calidad y con enfoque de derechos humanos.
4. Servicios de salud reproductiva completos: Es crucial que los servicios de salud reproductiva incluyan la opción de acceder al aborto como parte integral de la atención, estableciendo normas claras para su implementación y acceso.
Con la reforma, los artículos 148, 149 y 150 del Código Penal fueron modificados para permitir que cualquier mujer, niña o persona gestante decida no continuar con su embarazo dentro de las primeras 12 semanas de gestación, sin riesgo de ser criminalizada, investigada o sancionada.
Sin embargo, el nuevo marco legal aún presenta limitaciones, ya que no contempla eximentes de responsabilidad penal para quienes aborten después de este periodo.
La reforma actual solo excluye de sanción los casos en los que no exista una conducta culposa de la persona gestante, como en abortos espontáneos, situaciones de violación o inseminación indebida.
Esto contrasta con otros estados como Michoacán y Ciudad de México, donde el aborto después de las 12 semanas es permitido en casos específicos, como cuando ha habido dilación en la atención médica, en contextos de extrema precariedad o cuando el embarazo representa un riesgo de vida para la persona gestante.
Para el colectivo como Marea Verde, es urgente que las autoridades y legisladores de San Luis Potosí consideren estas excepciones progresistas para garantizar que ninguna persona se vea obligada a llevar un embarazo no deseado por falta de atención o recursos.