Metrópoli

Colectivas plantean iniciativa para ampliar derechos reproductivos y aborto en SLP

La iniciativa, planteada al Congreso estatal, incluye puntos que consideran deben ser considerados para que se acceda a una interrupción del embarazo sin que sea criminalizado

Buscan modificar y ampliar el artículo 150 del Código Penal de San Luis Potosí que regula las exclusiones de responsabilidad penal en casos de aborto. Foto: Jazmín Ramírez EL UNIVERSAL
21/11/2024 |13:29
Jazmin Ramírez
Reportera multimedia en San Luis PotosíVer perfil

En un paso significativo hacia la ampliación de los derechos reproductivos, la colectiva ILE SLP y Nueva Luna Salud de las Mujeres A.C, en conjunto con el respaldo jurídico de la asociación Praxis Combativa, presentó una nueva iniciativa ciudadana ante el Congreso del Estado.

Representantes de la colectiva señalaron que esta propuesta busca modificar y ampliar el artículo 150 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, que regula las exclusiones de responsabilidad penal en casos de aborto; sin embargo, no abarca todas las circunstancias bajo las cuales las mujeres y personas gestantes puede encontrarse ante la necesidad de interrumpir su embarazo sin incurrir en responsabilidad penal.

La colectiva identificó algunos problemas con la actual redacción de dicho artículo los cuales son:

1. Limitada cobertura de situaciones delictivas: la actual redacción solo contempla la violación y la inseminación indebida, dejando de lado otros delitos existentes en el código penal, como es estrupo y la implantación de un óvulo sin consentimiento, que también podrían resultar en embarazos no deseados.

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2. Falta de apoyo en casos de negación de servicios: esto ya que actualmente no se prevé una exclusión de responsabilidad para aquellas mujeres o personas con posibilidad de gestar que hayan sido negadas o prorrogadas en la posibilidad de interrumpir su embarazo dentro del plazo legal de las primeras doce semanas de gestación por parte del personal de salud o autoridades.

3. Condiciones económicas extremas: esto debido a que no se contempla la situación de personas con posibilidad de gestar en pobreza extrema, que limitan el acceso a procedimientos seguros y legales.

4. Riesgos para la salud: no incluye la redacción actual del artículo suficientes salvaguardas para casos donde la continuación del embarazo implique un riesgo grave para la salud o la vida de la mujer o persona gestante.

5. Casos de malformaciones genéticas o congénitas del feto: no se considera la posibilidad de interrupción del embarazo en casos de alteraciones genéticas que impactan la salud futura de la madre o la viabilidad del embarazo así como la salud física y mental del mismo feto.

Otro punto central de la propuesta es eliminar la obligación de una denuncia previa o comprobación de los hechos en casos de violación para acceder a la interrupción legal del embarazo, una práctica que actualmente revictimiza a las mujeres y que ya ha sido señalada como inconstitucional por jurisprudencias de otros estados del país.

“Es urgente que la legislación contemple todas las realidades que viven las mujeres y personas gestantes, desde las barreras económicas hasta las negligencias del sistema de salud. Esta reforma busca garantizar un marco más humano y accesible para ejercer este derecho fundamental”, declararon integrantes de la colectiva.

Estos precedentes son fundamentales para eliminar las barreras que actualmente existen en la entidad para acceder a servicios de interrupción del embarazo seguros y legales.