La Dirección de Ecología atendió un reporte de crueldad animal en la colonia Cactus tras recibir una denuncia sobre un perro que se encontraba al interior de un predio en condiciones deplorables, en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez.

Los funcionarios al arribar al lugar proporcionaron alimento y agua al animal que a simple vista padece desnutrición por la falta de alimento, pues se le perciben los huesos, lo cual lo mantiene en estado débil.

La Directora de Ecología Municipal, Yasmín Luna Barrios, informó que el animal no pudo ponerse bajo resguardo ya que se encuentra en propiedad privada, y abundó que, aunque no encontraron a nadie en el domicilio, dejaron un citatorio para los dueños de la mascota con la finalidad de notificarles la situación y dando aviso de un citatorio para que acudan a la dirección de ecología para el seguimiento debido.

Asimismo aseguró que estarán realizando constantes visitas en el domicilio para asegurar la protección del can, y si no hubiera una respuesta adecuada, se tomarán las acciones correspondientes con una denuncia ante la Fiscalía General del Estado.

Foto: Especial
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El presidente municipal de Soledad de Graciano Sánchez, Juan Manuel Navarro, expresó su descontento y preocupación por el maltrato animal, asegurando que durante su mandato no se tolerarán estos actos.

A través de redes sociales, el presidente manifestó su compromiso con la protección animal y la necesidad de erradicar el maltrato en la comunidad.

“Quiero pronunciarme firmemente en contra del maltrato animal, en mi administración, este tipo de situaciones serán intolerables, no permitiremos que ningún ser vivo sufra de maltrato o abandono, tomaremos acciones legales contra quienes no brinden una vida digna a los animales de compañía”, señaló.


¿Cuáles son las sanciones por maltrato animal?


De acuerdo con la Ley de Protección de los Animales del Estado de San Luis Potosí, se considerará delito de crueldad o maltrato animal cuando una persona incurra en:

  1. Ocasionar la muerte intencional por cualquier medio; que ocasione sufrimiento
  2. Mutilar al animal, sin las medidas indoloras necesarias, por negligencia o crueldad
  3. Privar del aire, ahí, luz, comida, bebida, espacio adecuado suficiente al animal que se trate.
  4. Hostigar o maltratar cualquier animal
  5. Colocar sobre la piel productos o implementos nocivos, ya sea por razones estéticas o de cualquier índole, excluyéndose el tatuaje de identificación o reconocimiento de raza.

Deberán de pagar una multa que podrá ir de los 300, hasta los mil días de acuerdo con la Unidas de Medida y Actualización (UMA) vigente, lo que equivaldría a 32 mil 571 o hasta 108 mil 570 pesos mexicanos dependiendo de la gravedad del delito, así mismo tendrá una prohibición de volver a tener o manejar animales vivos, esto con la finalidad de salvaguardar la integridad del animal.

También se canalizará al agresor a terapia psicológica ya sea al DIF Estatal o Municipal, con el objetivo de que se encuentre el trastorno o alteración psicológica que padezca de no acudir al tratamiento el agresor deberá pagar una segunda multa por incumplimiento, que irá desde los doscientos hasta los trescientos UMA, lo que representaría de 10 mil 857 hasta 32 mil 571 pesos.

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