Luego de que el Gobierno del Estado y el Ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, dieran a conocer la construcción de un Cristo Rey de 40 metros de alto en la Joya Honda, el Juzgado Segundo de Distrito en San Luis Potosí, otorgó la suspensión temporal de esta construcción a través del juicio de amparo 132/2022.
La suspensión deriva del amparo 116/2022-II promovido por la asociación Civil Cambio de Ruta, en contra de los actos promovidos por el gobernador del Estado, Ricardo Gallardo Cardona, tras su anuncio para la construcción del Cristo Rey de 40 metros en el Área Natural Protegida “Joya Honda”, que se ubica en el Ejido La Tinaja en Soledad de Graciano Sánchez.
En dicho amparo, la asociación civil solicitó que para que se lleve a cabo la construcción del monumento religioso, el Gobierno del Estado y el Municipio de Soledad de Graciano Sánchez, realice un plan de manejo, estudios para justificación del proyecto, así como la manifestación del impacto ambiental.
Por lo que propusieron una inmovilización o interrupción temporal de los permisos, licencia o anuencias de construcción o cambio de uso de suelo que pudieran afectar el ANP; además de que las autoridades delimiten, señalicen el área y que haya un informe periódico a la ciudadanía sobre las actividades que dañen la zona, así como que hay control y supervisión de las actividades.
La suspensión temporal dictaminada, según lo establecido en el juicio 132/2022 es la “medida cautelar que se concede para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se actualmente se encuentran, esto es, no se lleve a cabo la obra, construcción, edificación o actividad que se dice daña el área natural protegida, materia del presente asunto, hasta en tanto se resuelva lo que en derecho corresponda en relación con la suspensión definitiva”.
Asimismo las autoridades judiciales, determinaron que el 14 de febrero a las 9:40 horas, se realizará una audiencia, bajo los protocolos de cuidado por la propagación del Covid-19, en donde las partes podrán presentar sus posturas.