La actriz mexicana, Kate del Castillo, ganó un amparo para que la Procuraduría General de la República le entregue copias del acuerdo en el que decidió no ejercer acción penal en su contra por la investigación iniciada luego de que en octubre de 2016 se reunión con Joaquín Guzmán Loera “El Chapo”.
El juez Tercero de Distrito de Amparo en materia Penal concedió la protección de la justicia federal a la intérprete de “La Reina del Sur” al considerar que tiene un derecho legítimo para exigir a la PGR conocer los fundamentos y consideraciones por los que determinó no ejercer la acción penal en su contra.
Anteriormente, la PGR dio a conocer que la actriz nunca tuvo calidad de indiciada en sus investigaciones sino de testigo, sin embargo, de acuerdo con la resolución emitida el 16 de abril pasado, las autoridades mexicanas sí la investigabancon ese carácter.
La actriz solicitó desde septiembre de 2017 copia del acuerdoemitido en la averiguación previa número PGR/SEIDO/UEDICS/523/2015 en el que la PGR determinó no proceder penalmente en su contra.
La dependencia no le respondió, por lo que promovió un amparo en el que la Procuraduría informó que por el sigilo que deben guardar las investigaciones no era posible obsequiar lasolicitud de la quejosa.
“En el acuerdo reclamado se violenta el derecho de tener una vida libre de violencia, dado que las autoridades de la Procuraduría General de la República, utilizaron las filtraciones en los medios de comunicación como ‘una forma de penalizarla desproporcionadamente mediante una supuesta vinculación afectiva con el narcotraficante Joaquín Guzmán Loera, sin juicio previo’”, indicó el juez de amparo.
“Negar el otorgamiento del facsímil autorizado solicitado configura un atropello a sus garantías porque aun cuando en ella se determinó el no ejercicio de la acción penal cierto es que tiene el derecho a conocer el contenido de esa determinación ministerial”.
El pasado 30 de abril la PGR presentó un recurso de revisión contra la sentencia del Juez Tercero de Distrito por lo que corresponderá a un Tribunal Colegiado determinar si la resolución quedará firme o podrá modificarla e incluso revocarla.
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