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La Fiscalía General de la República (FGR) se pronunció por mantener el delito de feminicidio en el Código Penal Federal con un "tipo penal sencillo" y la pena más alta que puede ser de 40 a 70 años de prisión.
Mediante un tarjeta informativa, el Ministerio Público Federal señaló que actualmente, para configurar dicho delito el Código Penal Federal, a través del artículo 325, impone siete condiciones, requisitos y circunstancias que complican “inútilmente su judicialización”.
Por lo que, “si, simplemente, se tipifica y se mantiene el delito de feminicidio como un homicidio en contra de una mujer; éste feminicidio debe tener el agravante y la penalidad más alta, que debe ser de 40 a 70 años; que es superior a la que actualmente se aplica en cualquier delito de homicidio calificado o agravado”.}
La FGR, encabezada por Alejandro Gertz Manero, consideró que se debe contar con un “tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción”, todo ello en favor de las víctimas, para lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad.
“Esta es la tesis que estamos sosteniendo, todo ello en favor de las mujeres que son víctimas; para que cuenten con un tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción, para lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad”, indicó.
El delito de feminicidio ha crecido en el país en un 137.5%, de 2012 a la fecha, según las estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad.
Este delito está considerado en los códigos penales de 28 entidades federativas y en el régimen federal.