La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pidió a los magistrados del país no resolver todavía sobre los conflictos de interés que los jueces argumentan tener, ante las solicitudes de amparo que funcionarios han tramitado para evitar las reducciones salariales planteadas en la Ley Federal de Remuneraciones.

Esto significa que los servidores públicos que tramiten amparos en el futuro podrán hacerlo y, a su vez, si cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Amparo, los jueces deberán admitir y pronunciarse sobre la eventual concesión de suspensiones provisionales.

De considerarlo necesario, podrán declararse impedidos para resolver —como varios ya lo han hecho— y en dicho caso deberán esperar a que la Corte emita el criterio en el que indique cuál autoridad será competente para conocer de estos asuntos.

Mediante el acuerdo general 13/2018, emitido el 3 de diciembre pasado, la Corte pidió a los colegiados del país continuar los trámites de los impedimentos que les han sido planteados por los amparos presentados contra la Ley Federal de Remuneraciones, pero aplazar el dictado de las sentencias hasta que los ministros resuelvan la competencia.

“En tanto, el pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve los impedimentos planteados por o respecto de jueces de Distrito para conocer de juicios de amparo indirecto en los que se controvierte, entre otros actos, la discusión, aprobación, expedición y publicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (…), establece el o los criterios respectivos y se emite el Acuerdo General Plenario que corresponda, en los referidos impedimentos del conocimiento de los tribunales colegiados de Circuito se deberá continuar el trámite hasta el estado de resolución y aplazar el dictado de ésta”, indica el acuerdo.

El acuerdo relacionado con los impedimentos surgió luego de que en noviembre pasado el juez Décimo de Distrito en el estado de Sinaloa se dijo imposibilitado para conocer del amparo contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, tramitado por la magistrada federal Sonia Rojas Castro.

En su acuerdo, el juez se reconoció como potencial quejoso de los actos reclamados por la magistrada.

Por ello, ordenó enviar el expediente a un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito para que resolviera sobre el impedimento planteado.

A su vez, el colegiado de Sinaloa envió el asunto a la Corte para solicitar que ejerza su facultad de atracción y que sean los ministros quienes definan si procede o no el impedimento y, en su caso, designen qué autoridad será competente para resolver el amparo.

En los amparos hasta ahora tramitados, que hasta este lunes llegaron a 2 mil 835, los jueces han concedido las suspensiones provisionales para que la ley no sea aplicada a los quejosos.

En el caso de los burócratas externos al Poder Judicial, los jueces no han concedido las suspensiones porque procederá hasta que se apruebe el Presupuesto de Egresos 2019.

En noviembre pasado la Comisión Nacional de los Derechos Humanos tramitó una acción de inconstitucionalidad ante la Corte contra esa ley, por considerarla ambigua e imprecisa. El asunto fue admitido por el ministro Alberto Pérez Dayán.

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