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El Inai ordenó a la Secretaría de Marina (Semar) informar sobre la participación de buzos de la institución en la búsqueda que se llevó a cabo en el Río San Juan, municipio de Cocula, para localizar a los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa, Guerrero en 2014.
La Semar deberá entregar toda la información generada y documentada, de la que se desprendan: fechas, número de elementos, reportes, hallazgos o tarjetas informativas que guarden relación con el operativo o actuación de sus elementos.
Un ciudadano solicitó la información a la Semar, pero presentó un recurso de revisión ante el instituto, en el que manifestó que la secretaría entregó la información incompleta.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Oscar Guerra advirtió que el sujeto obligado transgredió el derecho de acceso a la información de la recurrente, pues se limitó a entregar un informe, que no atiende en su totalidad la solicitud.
La Semar debió proporcionar los documentos que dieran cuenta sobre la participación e intervención de sus elementos en cada operativo o actuación. Sin embargo, sólo generó un reporte y decretó formalmente la inexistencia de la información requerida.
Considerando el contenido del informe que recibió el ciudadano, y derivado de la revisión del marco normativo aplicable a la Semar, como el Reglamento General de Deberes Navales, se concluyó que los elementos (buzos) que salieron de la Octava Región Naval tienen la obligación normativa de proporcionar la información oficial a sus superiores respecto de las actividades o eventos realizados a los que fueron comisionados.
Guerra Ford detalló que el propio informe hace referencia a diversos documentos como el oficio de solicitud de la PGR, mediante el cual se requirió la asignación de elementos para participar en la búsqueda de los 43 normalistas desaparecidos y el oficio de respuesta con la asignación de los 11 buzos participantes; documentos que no fueron proporcionados como parte de la respuesta.
“No debe pasar por alto, que, dada la preparación de las Fuerzas Armadas, como es el caso de la Secretaría de Marina, cualquier actividad o acción encomendada a sus elementos es obligadamente documentada, tanto por el superior que da la instrucción, como para los elementos designados o comisionados, lo cual hacen a través de instructivos, reportes o partes informativas”, dijo.
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