La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a las empresas Radiomóvil DIPSA y AT&T entregar al Instituto Nacional Electoral (INE) el nombre y el domicilio de los titulares de las líneas telefónicasdesde las cuales se hicieron cientos de miles de llamadas contra el entonces candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador.

En sesión pública los magistrados emplazaron a que se entregue esa información en 72 horas, para que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE continúe sus investigaciones del caso, denunciado por Morena por afectar la equidad en la contienda.

Sin embargo por unanimidad –con la excusa de participar en el caso del magistrado José Luis Vargas Valdés, por ser cuñado del apoderado legal de una de las firmas involucradas- los magistrados revocaron las multas que habían sido impuestas por 250 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), poco más de 20 mil pesos.

Según argumentó el magistrado ponente, Indalfer Infante Gonzáles, “es claro que sólo se requirió nombre y domicilio de los titulares de líneas telefónicas”.

En ningún momento –expuso- se les solicitó “el contenido o datos de tráfico de ningún proceso comunicativo” como argumentaron las empresas al negarse a responder el requerimiento del INE por considerar que se les pedía intervención de llamadas.

Empero, la negativa de las firmas a entregar información “no fue por un abierto desacato sino la creencia de que al cumplir pudieran incurrir en una infracción mayor” –expuso el magistrado- de ahí que se revocaron las multas y se eximió a las empresas de pagarlas.

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