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El presidente Andrés Manuel López Obrador envió su contrarreforma energética, con la que pretende otorgar facultades a las autoridades del sector, para que, escudándose en el argumento de seguridad nacional y energética o para la economía, suspendan cualquier permiso, sobre todo de los particulares que participan en la cadena de producción, procesamiento, transporte, almacenamiento, comercialización, expendio y exportación e importación de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.
El Ejecutivo propone que ante la cancelación de algún contrato otorgado a un particular, las empresas productivas del Estado (Pemex o CFE) se harán cargo de la administración y operación que tenía el permisionario.
En su iniciativa, recibida en la Cámara de Diputados ayer a las 17:05 horas, el Ejecutivo pretende modificar los artículos 51, 53, 56, 57, 59 y 86 de la Ley de Hidrocarburos, y sugiere que todas estas actividades, sujetas a los permisos que otorgue la Secretaría de Energía (Sener) y a la Comisión Reguladora de Energía, sean susceptibles de suspensión en caso de “peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía”.
Estas suspensiones tendrán la duración que la autoridad determine y podrán ser temporales o definitivas; en caso de reincidencias, además de las sanciones, se revocará el permiso respectivo.
Se incluye un artículo cuarto transitorio, en el que se establece que todos aquellos permisionarios que pudieran ser perjudicados —en su esfera jurídica y sus derechos— “podrán solicitar, en el marco de la normatividad de la materia correspondiente, el pago de las afectaciones”.
Desde la perspectiva presidencial, los cambios están encaminados a la mayor eficiencia de su producción y uso, así como a garantizar el suministro de hidrocarburos y petrolíferos a la población, a fin de salvaguardar los intereses y la seguridad nacionales, devolviendo a empresas productivas del Estado un papel más activo en las actividades que la reforma energética de Enrique Peña Nieto le abrió al sector privado.
El documento plantea que uno de los objetivos prioritarios de la 4T en materia de política energética es “garantizar el suministro de hidrocarburos y petrolíferos a toda la población, a fin de salvaguardar los intereses y la seguridad nacionales”.
“Durante las décadas del modelo neoliberal, en el sector energético del país ha imperado la corrupción, el robo de combustible y el desabasto de gasolinas, es en ese tenor que con la presente iniciativa se busca desincentivar diversas prácticas relacionadas con el comercio ilícito de hidrocarburos y petrolíferos, así como reordenar diversas actividades económicas en el sector, con el fin de combatir la corrupción, garantizar el abasto, así como proteger la economía nacional y los ingresos que percibe el Estado”, describió.
Agregó que en 2013, durante el periodo neoliberal, se aprobó la llamada reforma energética, con lo que se pasó de tener un monopolio estatal del mercado de los hidrocarburos a un mercado libre, en el que los particulares pueden importar y comercializar, pero “es tan grave el daño causado al sector energético que no sólo somos el país petrolero que más gasolinas importa en el mundo, sino que compramos petróleo crudo para abastecer a las seis refinerías que apenas sobreviviven”.
Detalles
En la propuesta de inclusión del artículo 59 bis, el proyecto agrega que la autoridad que haya cancelado algún permiso deberá integrar y tramitar el expediente de suspensión temporal o definitiva, a fin de expresar las razones por las cuales estima procedente la suspensión, así como la afectación que podría darse en caso de que continúen los actos que ampare el trato.
“La autoridad que haya emitido el permiso se hará cargo de la administración y operación del permisionario, para la continuidad en la operación de las actividades que ampare el permiso, a fin de garantizar los intereses de los usuarios finales y consumidores, quedando a salvo los derechos de los terceros.
“Al efecto, podrá utilizar al personal que el permisionario venía utilizando, contratar a un nuevo operador o una combinación de las anteriores”, se añade.
Se explica que el permisionario podrá solicitar a la autoridad que haya expedido el permiso la terminación de la suspensión cuando demuestre que las causas que la ocasionaron fueron subsanadas o erradicadas. En el artículo quinto transitorio se indica que las autoridades procederán a la revocación de permisos que incumplan con el requisito de almacenamiento de la Sener.