La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió este viernes una sentencia definitiva que revoca la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí que confirmó el acuerdo por el cual el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) aprobó la coalición Fuerza y Corazón por San Luis, integrada por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).

Esta resolución emitida proviene a raíz de una inconformidad interpuesta por el partido Morena y se establece que el Tribunal Local debió advertir que si bien el PAN puede aprobar provisionalmente un convenio de coalición con las providencias que emita su Comité Ejecutivo Nacional, fue incorrecto que el Ceepac no condicionara dicho registro para que en un "término razonable" presentara la ratificación ante la Comisión Permanente Nacional, incluyendo la documentación exigida por el Reglamento de Elecciones que la justificara, siendo que el partido no presentó dicha documentación.


Luego de esto se ordena al Ceepac que dentro de las próximas 24 horas requiera al PAN para que igualmente en un plazo de no más de 24 horas presente ante la autoridad electoral local la ratificación por parte de la Comisión Permanente Nacional de la providencias que autorizan su participación en la coalición para la elección de diputaciones y ayuntamientos en San Luis Potosí.

Asimismo se indica que el plazo otorgado al PAN para entregar esta documentación no podrá ser prorrogado y el incumplimiento tendrá como efecto automático no satisfacer los requisitos legales para forrar parte de dicha coalición sin que resulte necesario algún requerimiento adicional.

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