Elevar las penas corporales a quienes cometan el delito de feminicidio de 40 a 60 años de prisión, es la pretensión de un proyecto de reforma al párrafo segundo del artículo 135 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

La propuesta de Eugenio Guadalupe Govea Arcos, diputado del partido Movimiento Ciudadano, establece como motivos la prevalencia en la entidad de diferentes muertes relacionadas con el género, las cuales han alcanzado “magnitudes alarmantes”.

Apunta además que durante el 2018, 93 potosinas fueron víctima de homicidio, casos de los cuales 26 se consideraron como feminicidio, lo que ubicó a la entidad dentro de los diez lugares a nivel nacional con mayor incidencia de este delito, aunado a delitos de abuso sexual, violación. Esto según datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La intención de esta propuesta es homologar el Código Penal local con el Código Penal Federal en materia de sanciones por comisión de este delito, lo cual se expone en el artículo 325 del Código Penal Federal, que señalan que “a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días de multa”.

Añade que actualmente a nivel local este delito se sanciona con una pena de 20 a 40 años de prisión y sanción pecuniaria de dos mil a cinco mil días de valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para los efectos de la modificación del Código Penal local se retoman los años de penalidad corporal que establece el Código Federal que es de 40 a 60 años de prisión y se mantienen las sanciones pecuniarias que establece actualmente el Código Penal potosino para quedar como sigue:

“Este delito se sancionará con una pena de 40 a 60 años de prisión, y sanción pecuniaria de dos mil a cinco mil días del valor de la Unidad de Medida y Actualización”.

Esta propuesta será presentada este jueves cuatro de abril en el sesión ordinaria de Pleno del Poder Legislativo local.

maria.medrano@clabsa.com.mx

apl

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